En conferencia de prensa realizada esta tarde [...]
Tomado de La República
Una gran parte de los procesados por violaciones de derechos humanos dejarían de ser investigados por el Ministerio Público y el Poder Judicial, apelando al exceso del plazo en la actuación de estos poderes del Estado, en virtud del decreto legislativo Nº 1097, promulgado por el presidente Alan García, en el marco de la facultades delegadas por el Congreso, advirtieron abogados de organismos de derechos humanos.
La norma adelanta la vigencia de “algunos artículos” del Nuevo Código Procesal Penal para los temas que impliquen la violación de derechos humanos, autorizando el sobreseimiento a los acusados, bajo el argumento de haberse incurrido en un exceso del plazo de la instrucción o la investigación preparatoria.
Defensores de derechos humanos alertan que este decreto legislativo dejaría impune a la mayor parte de procesados que están siendo investigados, y abriría las puertas de los que actualmente se encuentran en prisión. Uno de ellos es el jefe del grupo Colina, Santiago Martin Rivas, quien todavía está siendo procesado por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, así como por la desaparición forzada de varias personas.
Gloria Cano, abogada de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), recordó que una sala anticorrupción dispuso la libertad por exceso de carcelería sin sentencia de Martin Rivas por el caso Barrios Altos y las desapariciones de los campesinos del Santa y el periodista Pedro Yauri; sin embargo, éste siguió encarcelado por la desaparición de Santiago Gómez Palomino.
“Con este decreto legislativo Martin Rivas podría salir en libertad porque el caso Gómez Palomino ha vencido los plazos y hasta ahora no hay juicio oral. Con esta norma, que es inconstitucional, el gobierno quiere generar impunidad para los perpetradores de violaciones de derechos humanos”, alertó.
Junto al jefe del Grupo Colina, una larga lista de procesados serían los otros beneficiados, como Carlos Pichilingüe, procesado por los mismos delitos; el oficial Luis Chávez Velásquez, investigado por desaparición de siete pobladores de Huancapi, Ayacucho; el ex jefe político militar de Ayacucho Wilfredo Mori Orzo, y varios oficiales, entre ellos Telmo Hurtado, por la masacre de 69 campesinos en Accomarca.
Además, los militares investigados en la matanza de Cayara; los marinos procesados por desaparición y ejecución extrajudicial de pobladores en Huanta en 1984, así como la desaparición del periodista Jaime Ayala; y los procesados en la matanza de presos en el debelamiento del penal El Frontón, entre otros.
Es como una amnistía
Gustavo Campos, abogado de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), califica esta norma como “una amnistía”, pues lejos de acelerar los procesos busca cerrar todas las investigaciones y cortar los casos incluso en lo inherente al juicio oral al precisar que se aplica en cualquier estado procesal.
“No toman en cuenta que las sentencias de la Corte Interamericana y del Tribunal Constitucional, señalando que las violaciones de derechos humanos son imprescriptibles y que no procede una amnistía ni otro beneficio similar”, dijo.
Por su parte, el abogado penalista Wilfredo Pedraza precisó que esta norma no solo adelanta la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal sino que hace varias modificaciones para beneficiar exclusivamente a los efectivos militares y policiales acusados de violaciones de derechos humanos.
Señala que lo más cuestionable es precisamente el tema del sobreseimiento de los casos, pues desnaturaliza este acto, que se da cuando la investigación judicial acredita que las imputaciones no son ciertas o que los cargos no son consistentes.
“El sobreseimiento significa archivamiento. Y en este caso el decreto legislativo está incluyendo una nueva causa para ello, que es el exceso del plazo, lo que me parece muy recusable, pues está permitiendo la impunidad, desnaturalizando el sobreseimiento. Yo dufaría de su constitucionalidad”, comentó Pedraza.
Los civiles tendrán que esperar
1] El decreto legislativo 1097 adelanta la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en todo el país para juzgar los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud: homicidio y lesiones, considerados como violaciones a los derechos humanos, pero solo en beneficio de militares y policías. Dicha norma ofrece investigaciones, juicios y sentencias rápidas.
2] Sin embargo, paralelamente, el Ejecutivo comunicó al Poder Judicial y el Ministerio Público que la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal para delitos comunes entra en la congeladora por falta de presupuesto. ¿Hasta cuándo? No se sabe.
3] El nuevo CPP se viene aplicando progresivamente. Rige en 16 de los 29 distritos judiciales del país. El próximo año debía empezar a regir en Lima, para todos.
Datos
Muchos casos. La abogada de la Asociación para el Desarrollo Humano (ADHER) Karim Ninaquispe señaló que desde el 2002 se han iniciado alrededor de 400 investigaciones por violaciones de derechos humanos, la mayor parte de las cuales habrían vencido los plazos procesales. “Es una norma de impunidad y si persisten en ejecutarla tendrá que ser vista en instancias internacionales, como la Corte Interamericana, generando una condena para Perú”, aseguró. (La República / Por María Elena Castillo)
En la semana conmemorativa del VII Aniversario de la entrega del Informe Final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR), la Comisión de Justicia Social (CJS) de la Diócesis de Chimbote y los familiares de los 09 campesinos desaparecidos en el distrito de El Santa, se sumaron a la Tejidotón Nacional por los desaparecidos en el Perú.
La tarde de ayer los los familiares de los nueve campesinos desaparecidos a manos del sanguinario Grupo Colina (1992) iniciaron la confección de la Chalina de la Esperanza. En el asentamiento humano Javier Heraud, del distrito de Santa (situado a quince minutos de Chimbote) se reunieron los deudos de quienes fueron víctimas de Martin Rivas y los asesinos que lo acompañaban la madrugada del 2 de mayo de 1992.
“No perdemos las esperanzas de encontrar los restos de nuestros seres queridos. No queremos más impunidad sino que se haga justicia”, expresó Hormecinda Velásquez, madre de Gilmar León, agricultor del sector de La Huaca, desaparecido hace 18 años. “Tejer la chalina es una forma de mantener vivo el recuerdo de mi esposo y de exigir justicia y sanción a los responsables de estos crímenes. El Estado es indiferente al dolor de miles de familias que perdimos a nuestros seres queridos, ya es tiempo que nos reparen”, declaró a su vez Apolonia Sánchez, esposa de Pedro López, también víctima del Grupo Colina.
La tejidotón, actividad que consiste en la confección colectiva de la Chalina de la Esperanza se realizará mañana jueves 2 de septiembre a las 11:00 am en la Plaza de Armas de Chimbote. El acto conmemorativo y de solidaridad con los desaparecidos de Santa es de carácter libre, pudiendo sumarse al mismo todos aquéllos que se sientan identificados con esta causa. La Chalina de la Esperanza continúa creciendo en el interior del país y en la capital.
Jueves 2 septiembre
Tejiendo la Chalina de la Esperanza
Hora: 11:00 a.m.
Lugar: Plaza de Armas de Chimbote.
La idea es acompañar a los familiares en su dolor, hacer una terapia grupal, y el tejido las une. Es una manera de procesar el dolor, cerrar el círculo. Súmate a la Tejidotón, lleva tu ovillo de lana y palitos para tejer. CJS-Chimbote
El 1º de Septiembre del presente año han sido publicados en el diario oficial “El Peruano” los decretos legislativos Nº 1094, 1095, 1096 y 1097, expedidos por el Poder Ejecutivo, en uso de las facultades legislativas delegadas por el Parlamento en virtud de la Ley Nº 29548. Sin perjuicio de dar a conocer en los próximos días el análisis jurídico de cada una de los referidos decretos, el Instituto de Defensa Legal (IDL) expresa públicamente su rechazo a gran parte del contenido de los mismos, por las razones siguientes.
Sobre el decreto legislativo Nº 1097
1. Respecto al decreto legislativo Nº 1097, referido a la aplicación de normas procesales por delitos que implican violaciones de derechos humanos, resulta inaceptable que la Primera Disposición Complementaria y Final señale que la convención internacional sobre la imprescriptibilidad de los crímenes contra los derechos humanos sólo surte efecto recién a partir de noviembre del 2003, contradiciendo así sentencias de la Corte Interamericana de derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta, la sentencia de la Corte Suprema en el caso de Alberto Fujimori y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia, en el caso Villegas Namuche, entre otros.
Sin duda constituye un serio retroceso que va en contra de la Convención americana y que pretende la impunidad de graves violaciones de derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado interno en las décadas de los ochenta y noventa en el Perú. Inclusive, esta norma podría terminar beneficiando a los terroristas que perpetraron crímenes de lesa humanidad.
2. Por otro lado, el decreto legislativo Nº 1097, adelanta la aplicación de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal, con un afán supuestamente garantista, pero que en el fondo lo que pretende es beneficiar indebidamente a personal militar y policial acusado de crímenes contra los derechos humanos, afectando seriamente la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 2.2º de la Constitución, pues son beneficios concedidos con nombre propio a un grupo determinado a pesar de la gravedad de los crímenes perpetrados.
Por ejemplo, en virtud de esta nueva norma, los militares o policías acusados de violaciones de derechos humanos podrán cumplir arresto domiciliario en “instalaciones militares o policiales”, esto es, no sólo cuarteles sino hasta centros recreacionales de las fuerzas armadas o la policía nacional. Asimismo, se aplica el plazo máximo de 36 meses de detención previsto en el antiguo Código procesal penal, sin tomar en cuenta la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional que consideró válido extender dicho plazo más allá de los 36 meses en el caso de delitos complejos como lo son, evidentemente, los crímenes de derechos humanos.
Sobre el decreto legislativo Nº 1095
3. En relación al decreto legislativo Nº 1095, referido a reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las fuerzas armadas en el territorio nacional, preocupa la definición contenida en el artículo 3.f) sobre “grupo hostil”, pues es tan amplia que podría ser instrumentalizada para criminalizar aún más algunas protestas sociales, específicamente, las protestas de los pueblos indígenas.
4. A su vez, resulta inaceptable la modificación del artículo 27º de este decreto legislativo Nº 1095, en comparación con el artículo 13º de la derogada ley Nº 29166 y con los proyectos de ley sobre la materia consensuados en el seno de la Comisión Nacional de derecho internacional humanitario (Conadih), que hacían referencia exclusivamente a los “delitos de función” cometidos por personal militar. En cambio ahora, el referido artículo 27º se refiere genéricamente a “conductas ilícitas atribuibles al personal militar”, en una clara intención de abarcar los delitos comunes que pudiera cometer el personal militar en el marco de esta norma.
Cabe señalar, que este cuestionable artículo 27º remite al personal militar al fuero militar policial, con lo cual, la intención sería extender la competencia de este fuero al juzgamiento de delitos comunes, lo que constituiría una grave afectación a la Constitución y la Convención americana.
Sobre el decreto legislativo Nº 1094
5. En el caso del decreto legislativo Nº 1094, que aprueba un nuevo e innecesario Código penal militar policial, es muy grave que se haya vuelto a incorporar y tipificar supuestos de delito de función que en el año 2006 fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional y expulsados del ordenamiento jurídico.
En efecto, el nuevo Código penal militar policial tipifica los delitos contra operaciones humanitarias (artículo 95º), de utilización indebida de signos protectores (artículo 96º), daños extensos y graves al medio ambiente natural (artículo 97º) y delito contra las personas protegidas por el derecho internacional humanitario (artículo 88º y ss.), que fueron declarados inconstitucionales y expulsados del ordenamientos por la sentencia de fecha 15 de diciembre del 2006 recaída en el Expediente Nº 0012-2006-PI/TC.
De esta manera, queda en evidencia que fue tan sólo un pretexto la justificación para la delegación de funciones legislativas aprobada por la Ley Nº 29548, que mencionaba la necesidad de adecuar este código a lo dispuesto por la jurisprudencia del TC; justificación que inclusive fue esgrimida públicamente por el presidente del tribunal supremo de justicia militar.
Sobre el decreto legislativo Nº 1096
6. En el caso del decreto legislativo Nº 1096, que modifica la ley de organización y funciones del fuero militar policial Ley Nº 29182, el Gobierno reitera un modelo de organización de la justicia militar policial contrario a lo desarrollado por la jurisprudencia de la Comisión y la Corte interamericanas sobre la materia.
Inclusive, este decreto legislativo es muestra de la grave inconsistencia de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 00001-2009-PI/TC que a fines de diciembre del año 2009, sostuvo que los jueces y fiscales militares podían ser —a la vez— oficiales en situación de actividad, sin restricción alguna. En cambio ahora, la norma en referencia establece que tanto el tribunal supremo de justicia militar policial como el consejo ejecutivo del fuero militar policial, tendrán una composición mixta de oficiales en retiro y en actividad.
01 septiembre 2010
Instituto de Defensa Legal
Con la participación masiva de afectados por la violencia política, autoridades regionales, provinciales, representantes de instituciones públicas, privadas, organizaciones sociales y ciudadanos en general, la Comisión Multisectorial Consultiva y de Monitoreo de Tratamiento de las Secuelas de la Violencia Política de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Apurímac (CMR-A), realizó varias actividades en el marco del VII aniversario de entrega del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Entre ellas se destaca el homenaje realizado a las víctimas que se llevó a cabo el viernes 27 de agosto en las instalaciones del Gobierno Regional de Apurímac. Durante el acto se realizó la entrega de 180 de acreditaciones a víctimas y desplazados, provenientes de las diferentes provincias de la región Apurímac.
Cabe señalar que en horas de la tarde del mismo viernes 27 de agosto, en la Casa de la Cultura de la ciudad de Abancay, se desarrolló la presentación del libro “El Conflicto Armado Interno en las Provincias de Aymaraes y Abancay”, Bases para su estudio. Formaron parte del panel de comentaristas candidatos al Gobierno Regional de Apurímac. Esta actividad estuvo organizada por la Coordinadora Regional de Organizaciones de Víctimas y Afectados de la Violencia Política de Apurímac-CROVAVPA y promovida por el Acuerdo Regional, Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza (MCPLCP), Grupo Impulsor por la Igualdad (GIPI), el Colectivo Ciudadanos por Apurímac y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH).
En la presentación del texto, Enver Quinteros Peralta (APRODEH), señaló que la publicación del libro tiene como objetivo, dar continuidad al trabajo iniciado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación en el sentido de conocer nuestra historia y de este modo posibilitar la construcción de nuestra memoria histórica. Así mismo detalló, que con esta publicación se pretende recuperar y dar a conocer las decenas de hechos violatorios a los derechos humanos en los cuales estuvieron sumidos muchos de nuestros hermanos y hermanas, sobre todo de los espacios rurales, los mismos que permanecieron silenciados o desconocidos en nuestro imaginario colectivo regional. (Nota: Aprodeh. Video: Enlace Nacional)
Recordando el VII Aniversario de la entrega del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), familiares de las víctimas de la violencia política realizaron una movilización por las principales calles de Huamanga que culminó en la plaza principal donde se izó la bandera de de la paz. En la marcha participaron familiares de las víctimas, congresistas y público en general. Los familiares reclamaron el gobierno atención urgente a las recomendaciones de la CVR especialmente al tema de las reparaciones a las víctimas . (Video de Enlace Nacional)
(Agencia Andina).- El Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo que regula el empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, el cual se rige por las normas internacionales de derechos humanos y procede luego de la declaración del Estado de emergencia y para hacer frente a un grupo hostil.
El dispositivo establece que los principios rectores que rigen antes, durante y después del uso de la fuerza son los reconocidos como legalidad, necesidad (haber agotado medidas) y proporcionalidad.
La norma estable dos niveles de intensidad del uso de la fuerza: el preventivo que debe garantizar la presencia militar, contacto visual (de una población) y la comunicación.
Una vez agotadas estas acciones se pasa al nivel reactivo, procediendo al uso de la fuerza de manera gradual.
Aquí se permite el empleo de técnicas de fuerza corporal para restablecer el orden interno, la utilización de medios no letales (armas de bajo potencial de daño) y excepcionalmente se puede proceder al empleo de las armas de fuego.
Sobre este último punto, la norma precisa que los efectivos militares pueden hacer uso de armas de fuego en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves o con el objetivo de evitar la comisión de un delito grave que entrañe la amenaza para la vida.
Asimismo cuando se oponga resistencia a la autoridad o para impedir una fuga y solo en caso que resulten insuficientes las medidas menos extremas para lograr los objetivos descritos.
En caso se produjeran heridos los miembros de las FFAA habilitan la atención médica inmediata sin discriminación y si se registran fallecidos se adoptarán los protocolos correspondientes para el tratamiento de los restos humanos.
El decreto dispone que cuando se haga uso de armas de fuego deberán presentar un informe por escrito a su superior, dando cuenta de la fecha, hora y lugar del incidente, unidad o elemento que participó, hechos que condujeron a su participación, la causa por la que se abrió el fuego, entre otros.
Las FFAA también pueden hacer uso de la fuerza en acciones de apoyo a la Policía Nacional para combatir el tráfico ilícito de drogas, el terrorismo y en labores de protección de instalaciones estratégicas y servicios públicos esenciales.
Además, en otros casos constitucionalmente justificados en la que la capacidad de la policía sea sobrepasada.
En torno a la responsabilidad, se establece que el superior asume la responsabilidad correspondiente cuando hubiera tenido conocimiento de que sus subordinados infringieron las disposiciones del presente decreto y su reglamento, y no hubieran adoptado oportunamente las medidas pertinentes o correctivas.
Los supuestos de exención de responsabilidad penal derivados del empleo y uso de la fuerza, son regulados conforme a los numerales 3,8 y 11 del artículo 20 del Código Penal y la Ley N° 27936 en materia de legítima defensa y cumplimiento del deber.
El relator especial de la ONU sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo visitará Perú del 1 al 8 de septiembre.
Invitado por el Gobierno, Martin Scheinin viajará a Lima y a las regiones de Ayacucho y Cuzco, donde visitará centros de detención para entrevistarse con personas sospechosas o condenadas por crímenes terroristas y asistirá a juicios por terrorismo.
También tiene previstas reuniones de alto nivel con las autoridades peruanas, incluyendo los ministros de Relaciones Exteriores, del Interior, de Justicia y de Defensa; así como con representantes de la comunidad internacional, organizaciones no gubernamentales, abogados y académicos.
En marzo de 2011, Scheinin presentará un informe al Consejo de Derechos Humanos con los resultados y recomendaciones de su investigación acerca de la legislación y la práctica contra el terrorismo en Perú.
Fuente: Radio ONU
La Casa de la Memoria de Huancavelica, destinada a recordar a las víctimas de la violencia política ocurrida en la región, abrió sus puertas el sábado 28 de agosto, con una exposición permanente de alrededor 100 fotografías, por lo menos cincuenta relatos y decenas de documentos y pinturas que buscan evitar el olvido.
Los históricos documentos que reposarán en tres salas del segundo piso de la Biblioteca Municipal, fueron compilados durante varios años, gracias al convenio de colaboración interinstitucional suscrito entre Consejería en Proyectos (PCS), la Asociación Departamental de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Asesinados de Huancavelica (ADFADAH) y la Municipalidad Provincial de Huancavelica.
Las actividades de apertura de la Casa se iniciaron el viernes 27 con un foro radial con candidatos a la municipalidad de Huancavelica; una feria inter institucional de entidades públicas, privadas y organizaciones no gubernamentales. Por la noche, juegos de luces fueron encendidas en la Plaza de Armas en una vigilia en homenaje a las víctimas y familiares de la violencia política en una región que registra uno de los índices más altos de víctimas a nivel nacional, según el Informe Final de la CVR.
La jornada del sábado 28 comenzó con una misa en la Catedral, luego se izó el pabellón nacional a media asta en la Plaza de Armas. Después se llevó a cabo el acto protocolar de inauguración de la Casa de la Memoria con participación de víctimas, autoridades locales, activistas de derechos humanos y representantes de la comunidad internacional.
Hoy viernes 27 de agosto, a partir de las 10 de la mañana, en las instalaciones del laboratorio de Investigación Forense de Ayacucho, se procederá a entregar los restos oseos de Paulino Barboza López, Eduardo Silva Rojas, Melquíades Espinoza Yupanqui, Benjamín Conde Yupanqui, Manuel Sulca Santiago y Serafín Sulca Santiago; comuneros del Distrito de San José de Ticllas.
Estos humildes campesinos, el 2 de julio de 1984, a las 7 de la mañana fueron detenidos arbitrariamente junto a otros comuneros de Ticllas, por miembros del EP y conducidos al puesto de destacamento de Rumichaca, lugar del cuál algunos lograron salir con vida y de Paulino Barboza López, Eduardo Silva Rojas, Melquíades Espinoza Yupanqui, Benjamín Conde Yupanqui, Manuel Sulca Santiago y Serafín Sulca Santiago nunca se supo el destino que corrieron.
Los familiares de Paulino, Eduardo, Melquíades, Benjamín, Manuel y Serafín, después de una lucha permanente durante 26 años, muchas veces incomprendidos y silenciados, finalmente han encontrado los restos de sus seres queridos, ahora al fin de tanto andar en busca de la verdad recibirán los restos de sus familiares.
Los familiares invitan a los ticllinos residentes en Huamanga, a los dirigentes de las organizaciones populares y a la prensa ayacuchana, para que acompañen en la entrega de los restos de sus seres queridos.
San José de Ticllas, Agosto de 2010.
El Comité de Familiares del Caso Ticllas
Por Catherine Meza, publicado en NoticiasSER.pe
Pilar Coll, fundadora de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y miembro del Consejo de Reparaciones, opina sobre el sétimo aniversario de la CVR.
A propósito del sétimo aniversario de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), ¿qué balance hace respecto a las recomendaciones del Informe Final?
La acción del Estado deja mucho que desear en el tema de justicia y reparaciones que me parecen absolutamente centrales. Creo que son condiciones inexcusables para la reconciliación de la que nos llenamos la boca y de la que tanto hablan las autoridades. Creo que mientras no demos pasos significativos en reformas institucionales, no será posible hablar con legitimidad de reconciliación.
¿Qué opinión tiene de la actuación del gobierno en relación a la agenda que dejó la CVR?
Sigo este tema con mucha preocupación e indignación. Me parece que hay una deuda a saldar y que no puede cubrirse inadecuadamente con expresiones de que “ya se va a hacer”. Es algo que los afectados y los familiares de las víctimas requieren a gritos, entonces no hay tiempo que perder, me parece que habría que priorizar la reparación frente a otros gastos. Esta semana leí sobre los gastos del gobierno en publicidad y resulta escandaloso. En ese sentido, la ciudadanía tiene que ponerse firme y organizarse para que realmente las reparaciones sean una realidad.
Respecto a los lugares de memoria como El ojo que llora. ¿Qué rol cumplen?
Lo ideal es que haya muchos lugares de memoria y que los sitios donde ha habido víctimas tengan sus lugares de memoria. Por supuesto, no se puede pretender que sea uno solo ni que todos se sientan reconocidos aquí, pero sí creo que las personas que están aquí reconocidas son de todo el país. Al menos se está haciendo sobre la relación de personas que han sido incluidas en el Registro Nacional de Víctimas.
¿Y los que no han sido incluidos?
Estamos obligados a cumplir la ley y la estamos cumpliendo dentro del Consejo de Reparaciones, pero personalmente no estoy de acuerdo. La víctima es víctima, independientemente del comportamiento que haya tenido, lamentablemente la ley los excluye.
¿Por qué es importante que existan estos lugares?
Lo importante es que descubramos razones poderosas para defender estos lugares. El Perú no puede olvidar lo ocurrido. Si lo olvidamos tenemos el enorme riesgo de volver a caer en lo mismo, en ese sentido, la memoria se hace imprescindible. Es importante que haya más espacios de memoria para que todos nos sintamos representados y para que las generaciones jóvenes no olviden lo que ocurrió. El riesgo es correr el velo y decir aquí no ha pasado nada. Recordando de un modo saludable lo que ocurrió podremos ver las causas de lo que pasó como la pobreza y la discriminación que fueron la raíz de todo.
¿Qué opina de las absoluciones dadas a algunos militares acusados de violar derechos humanos?
Es muy preocupante. Los juicios no avanzan, están paralizados, creo que no hay voluntad de que avancen y lo que me temo es que se busca la impunidad. Eso no podemos consentirlo.
¿Qué opina sobre el caso de Lori Berenson?
Me parece que se han ensañado con ella de un modo increíble. A mí me duele mucho porque la conozco de cerca y considero que en absoluto es un peligro para la sociedad. Su respuesta es de una serenidad increíble, no siento que responda ni con odio ni con resentimiento, ni con conciencia de que se la está tratando muy injustamente, como dice ella que se la está manejando como si fuera una pelota de fútbol.
¿Cree que los presos por terrorismo deberían tener derecho al 2 por 1 o reducción de pena cuando muestran arrepentimiento?
Los acusados por terrorismo tienen el beneficio del 7 por 1, que es poquísimo pero parece ser que tampoco quieren que se les cuente, en el caso de Lori Berenson una de las razones que dan, es que tiene que estar cinco meses más en la cárcel para que se cumplan los tres cuartos de la condena y eso ella lo ha merecido por el trabajo que ha estado haciendo.
Aún no podemos dialogar sobre los años de violencia. ¿Qué debemos hacer para que esto ocurra?
Creo que debemos ir aprendiendo, nos falta mucho todavía y confío que las generaciones jóvenes hagan su aporte en este sentido, que sean mejores de los que hemos sido las generaciones anteriores.
Hoy jueves 26 de agosto, el Movimiento Manuela Ramos presentaráel proyecto “Cotabambas-Apurímac-Perú: Respuesta comunitaria desde las mujeres por sus derechos y contra la violencia”. El acto público se desarrollará en la provincia de Cotabambas, distrito de Tambobamba (Apurímac), en el marco de la presentación del Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Cotabambas; que contará con la presencia de autoridades distritales, provinciales y regionales, así como con líderes hombres y mujeres de los tres distritos de intervención Haquira, Challhuahuacho y Tambobamba.
El proyecto realizado gracias al aporte del Fondo Italo Peruano, FIP (canje de deuda), se desarrollará durante 3 años en la Región Apurímac, Provincia de Cotabambas, en los tres distritos mencionados y se centrará en los principales 13 barrios y 21 comunidades de estos distritos. Ejecutado en coordinación con el centro CADEP, José María Argüedas, del Cusco.
La Coordinadora General, Lisbeth Guillén, presentará el proyecto destacando los resultados que se esperan alcanzar y el aporte del proyecto al desarrollo de relaciones más horizontales y democráticas en la zona.
El proyecto se propone procurar atención especializada con el enfoque de salud mental comunitaria a las mujeres que fueron víctimas y/o resultaron afectadas por la violencia política. Se trabajará también el tema de la memoria como elemento de reparación colectiva y de fortalecimiento de la identidad cultural.
En el caso de las mujeres en situación de violencia intrafamiliar, el proyecto fomentará en ellas mayores capacidades para el ejercicio de sus derechos y para el uso de los mecanismos de protección que proporciona el Estado. Asimismo procurará la apertura de las autoridades y servidores públicos a las propuestas de las mujeres. Dado el componente económico o de estatus que brinda a las personas la ocupación y los ingresos, se buscará también que las mujeres víctimas desarrollen iniciativas locales o comunales orientadas a mejorar las condiciones adversas que propician la violencia.
Los comuneros de San José de Ticllas, fueron víctimas de desaparición forzada y ejecución extrajudicial por parte de miembros del Ejército de la Base de Rumichaca y del Comité de Autodefensa del distrito de Vinchos. Los restos de los 7 comuneros -exhumados en febrero del 2010 por peritos del Equipo Forense Especializado del Ministerio Público- serán entregados a sus familiares para darles sepultura.
El viernes 27 de agosto de 2010 a las 10 de la mañana, la 1ª Fiscalía Supraprovincial de Ayacucho, hará entrega de los restos de las víctimas a sus familiares en las Instalaciones del Laboratorio de Investigaciones Forenses de la ciudad de Ayacucho. Se ha logrado identificar y establecer las causas de la muerte de:
1. Eduardo Silva Rojas
2. Paulino Barboza López
3. Juan Santiago Huamán
4. Serafín Sulca Santiago
5. Melquíades Espinoza Yupanqui
6. Benjamín Conde Yupanqui
7. Manuel Sulca Santiago
Resumen de los hechos
El 29 de junio de 1984, efectivos del Ejército y del Comité de Autodefensa, provenientes del distrito de Vinchos, llegaron al anexo de Yanacusma, -de donde eran naturales las 7 víctimas-, Distrito de San José de Ticllas, obligando a toda la población a movilizarse a pie a la comunidad de San Martín de Atamparu (Vinchos), donde se encontraba un supuesto terrorista que señaló a 20 comuneros como presuntos miembros de SL, quienes fueron detenidos. Los militares y ronderos pernoctaron 2 noches en el pueblo y al tercer día se dirigieron hacia el distrito de San José de Ticllas, junto con los detenidos.
Posteriormente, se trasladaron hacia el anexo de Rumihuasi donde fueron liberados 13 comuneros, quedando 7 comuneros detenidos los que fueron conducidos a la localidad de Campamento. Desde este lugar fueron trasladados en dos vehículos militares al anexo de Rumichaca (Vinchos) -donde existía una base del Ejército- lugar donde fueron ejecutados y sepultados clandestinamente los 7 comuneros de Yanacusma, San José de Ticllas.
Los familiares de algunas de las víctimas son asistidas legalmente por COMISEDH, que prestará apoyo para el traslado e inhumación de las víctimas en su comunidad.
Presentan informe sobre situación de la niñez indígena en el Perú. El estudio revela que 78% de niños, niñas y adolescentes indígenas vive en situación de pobreza frente al 40% de los que hablan castellano.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) presentaron ayer el estudio “Estado de la Niñez Indígena en el Perú” que revela que existen grandes desigualdades entre los niños, las niñas y los adolescentes peruanos asociados a su origen étnico.
Los resultados del estudio muestran que los niños, niñas y adolescentes indígenas –aquellos que aprendieron a hablar en quechua, aymara u otra lengua amazónica– viven en peores condiciones y acceden a menores oportunidades de desarrollo que aquellos que tienen como lengua materna el castellano. Esta desventaja se acentúa en los grupos nativos de la selva, los cuales concentran la mayor parte de indicadores negativos en cuanto a: pobreza, salud, educación e identidad, que son los aspectos abordados en el estudio.
Según los resultados presentados, la población indígena en el Perú está conformada por más de 4 millones de peruanos, de los cuales más de un 1 millón son niños, niñas y adolescentes.
El estudio muestra que el 78% de la población infantil indígena (entre 3 y 17 años) vive en situación de pobreza en comparación con el 40% que tiene el castellano como lengua materna. Esta desigualdad es mayor en los grupos étnicos de la selva en donde casi la mitad de la infancia (49%) vive en condiciones de extrema pobreza.
La mayor cantidad de niños, niñas y adolescentes indígenas se encuentra en las regiones con mayor índice de pobreza como son: Huancavelica (82%), Apurímac (76%), Ayacucho (72%) y Puno (67%).