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En el marco de la campaña nacional “Sácale Tarjeta Roja al Racismo”, una iniciativa de la Agremiación de Futbolistas Profesionales del Perú y la Mesa Contra el Racismo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, que vienen impulsando con los principales equipos del fútbol profesional en el campeonato nacional con el objetivo de erradicar las practicas racista que se presentan en el fútbol y en la sociedad.
 
En ese sentido, la Comisión de Justicia Social como representante de la Mesa Local Contra el Racismo en coordinación con el José Gálvez FBC se suman a esta cruzada, la actividad de sensibilización se llevará a cabo éste domingo 09 de noviembre en la previa del encuentro frente a Alianza Atlético Sullana, en el Estadio Centenario.
 
La actividad consiste que junto a los futbolistas se exhibirán los paneles alusivos a la campaña y la distribución de materiales informativos, souvenirs y publicitarios en el estadio que busca de concienciar a la población en general en la tarea de erradicar cualquier tipo de práctica  y manifestación racista y discriminadora en el fútbol peruano y en la sociedad.
 
Finalmente la CJS   reitera la invitación a las organizaciones e instituciones a integrarse a la Mesa, un espacio de trabajo y sensibilización.

Haz click en el vídeo para ver el lanzamiento de la campaña en Chimbote.

 

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La posibilidad de que en nuestro país prospere la iniciativa legislativa de Édgar Núñez, presidente de la Comisión de Defensa del Congreso, que pretende otorgar amnistía a los militares y policías procesados, judicialmente, por violaciones de los derechos humanos, ha causado preocupación en Amnistía Internacional (AI).

Por eso ayer, desde Chile, Irene Khan, secretaria general de dicho organismo internacional, instó al Parlamento peruano a que no apruebe dicho proyecto de ley porque no solo beneficiaría a los comandos que participaron en el operativo Chavín de Huántar, sino que también concedería la amnistía a todos los militares y los policías sentenciados por tales delitos. “Si es aprobado, este proyecto de ley supondría un gran revés para el estado de derecho en Perú, ya que de hecho concedería la impunidad a personas que podrían haber sido responsables de violaciones de derechos humanos”, precisó. [...]

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Un homenaje para la ausencia

Publicado el 11 November 2008 por admin en General, Noticias

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A Arquímedes Ascarza Mendoza (19) lo sacaron a golpes de su casa en Ayacucho una fría madrugada del 2 de julio de 1983 en presencia de sus padres y hermanos y fue ingresado a la fuerza al cuartel “Los Cabitos” de Huamanga. Como centenares de varones, mujeres y niños, el joven ayacuchano jamás salió de allí. Han pasado 25 años y Angélica Mendoza, su madre, arribó nuevamente a Lima para seguir clamando justicia y un pedido especial: construir un Santuario de la Memoria en una parte de esa dependencia militar que se ha convertido en un cementerio clandestino. Ironía fúnebre que indigna a muchos en momentos que el gobierno aprista ensaya una política cerrada de defensa de los militares involucrados en violaciones de derechos humanos, a través de una comisión encargada de defenderlos legalmente, y un proyecto de amnistía que se bate entre indultos y “procesos acelerados”.

Angélica Mendoza de Ascarza (78) y Lidia Flores de Huamán (56), madre y esposa de Arquímedes Ascarza y Felipe Huamán Palomino (32), respectivamente, estuvieron en Lima el último fin de semana. Estas adoloridas ayacuchanas piden que una parte del cuartel “Los Cabitos” sea donada por el Ministerio de Defensa a la Municipalidad Provincial de Huamanga, para levantar un Santuario de la Memoria. Una tarea tal vez difícil pero no imposible para las autoridades del gobierno regional y central. [...]

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Comentarios a la propuesta de creación de una Comisión Ad Hoc para conceder indulto, conmutación de penas o gracia presidencial a los miembros de las FF.AA. y PNP en casos de violación de derechos humanos

Por Víctor Alvarez – Area Legal CNDDHH

La propuesta de creación de una Comisión Ad Hoc para evaluar, calificar y proponer al Presidente la concesión de indulto, conmutación de la pena y derecho de gracia a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que en el marco de “…la lucha por la paz…”, se encuentren sentenciados o procesados “…por el fuero común o militar…” en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente, ausencia de responsabilidad en el delito cometido, constituye una abierta contravención a las normas internacionales de derechos humanos y una situación incompatible con las obligaciones contraídas por el Estado peruano de investigar, juzgar y, eventualmente, sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos.

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Tribunal malasio libera a un bloguero

Publicado el 10 November 2008 por admin en General, Noticias

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Un tribunal superior malasio ha ordenado que el bloguero Raja Petra Kamarudin sea puesto en libertad alegando que su detención, practicada en aplicación de la Ley de Seguridad Interna, era inconstitucional.

Raja Petra, comentarista de la actualidad social en la red y director del portal de noticias Malaysia Today, fue detenido el 12 de septiembre por amenazar la seguridad nacional y, potencialmente, “causar tensión entre la sociedad multirracial y multirreligiosa del país”.

Los artículos publicados por Raja Petra en la red se consideraron insultantes para los musulmanes y el profeta Mahoma y difamatorios para los dirigentes malaisios. Los artículos en cuestión se titulaban “Malaisios, los enemigos del islam”, “Enviemos a los asesinos de Altantuya al infierno”, “Prometo ser un honesto y buen musulmán” y “No todos los árabes son descendientes del profeta”.

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Por Ronald Gamarra H.

Con fecha 6 de noviembre de 2008, congresistas del APRA y del fujimorismo han presentado el Proyecto de Ley Nro. 02844/2008-CR, por el que “se propone conceder amnistía a los comandos que participaron en el operativo Chavin de Huantar” así como “crear un a Comisión Ad Hoc para evaluar, calificar y proponer el otorgamiento de la amnistía al personal militar y policial”.

1. Proscripción de las leyes de amnistía

Ante ello, una vez más, debemos indicar que las leyes de autoamnistía están proscritas por los instrumentos internacionales de derechos humanos. Así, por ejemplo, la Convención Americana sobre la Desaparición Forzada de Personas sostiene que los autores de tal crimen no podrán beneficiarse de ningún acto jurídico adoptado por el Poder Ejecutivo o Legislativo del que pueda resultar la impunidad de estos hechos (artículo 8); la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (Resolución 47/133 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 18 de diciembre de 1992) refiere que los autores o presuntos autores del delito “no se beneficiarán de ninguna Ley de amnistía especial u otras medidas análogas que tengan por efecto exonerarlos de cualquier procedimiento o sanción penal” (artículo 18.1); los principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extrajudiciales, arbitrarias o sumarias establecen que los gobiernos velarán porque sean juzgadas los autores de estos crímenes, y que en ninguna circunstancia se otorgará inmunidad previa de procesamiento a los implicados (artículos 18 y 19); y, los principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra o de crímenes de lesa humanidad (Resolución 3074, XXVIII, de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 3 de diciembre de 1973) acotan que los Estados no adoptarán disposiciones legislativas ni tomarán medidas de otra índole que puedan menoscabar las obligaciones internacionales que hayan contraído. [...]

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La CNDDHH considera clave que el Proyecto de Ley marco sobre derechos de los pueblos indígenas que actualmente se está discutiendo en el Congreso sea consultado con los pueblos indígenas.

La consulta a los pueblos indígenas sobre las decisiones que les afectan es un derecho reconocido en el Convenio 169 de la OIT. El desarrollo de mecanismos efectivos para la consulta a estos pueblos es además clave para disminuir la escalada en la conflictividad social que actualmente vive el país.

Para analizar esta temática la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, CONACAMI, AIDESEP y la Asociación Paz y Esperanza organizan el seminario “¿Participación, consulta o consentimiento? Discusión del Proyecto de Ley que regula el Derecho de los Pueblos Indígenas a la Consulta Previa”.

Dicho Seminario se llevará a cabo el día lunes 10 de noviembre del presente en el Edificio Faustino Sánchez Carrión, Jr. Azángaro 468, desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.

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El Gobierno Central ha declarado el estado de emergencia en cuatro provincias de la región Tacna: Candarave, Tacna, Jorge Basadre y Tarata, por un plazo de 30 días (Decreto Supremo Nº 070- 2008- PCM). Esta medida ha dejado el control del orden interno a cargo de las Fuerzas Armadas con apoyo de la Policía. La decisión se fundamenta en los graves disturbios que han puesto en peligro el orden interno, la población y las propiedades.

En efecto, durante los últimos días, en Tacna se han registrado gravísimos hechos en el marco de la protesta local por la distribución del canon minero, que incluyen actos de violencia en los cuales han resultado afectados o heridos pobladores, autoridades y miembros de la Policía, siendo los casos más graves la muerte de dos ciudadanos: Gelmer Arpasi Valeriano, fallecido el sábado 1 de noviembre por el impacto de una bomba lacrimógena en la cabeza, y Ronald Gamarra Chauca, que recibió un impacto de bala el martes 4 de noviembre. Hay hasta el momento alrededor de cien personas heridas, entre civiles y policías, y casi 60 personas detenidas.

En este contexto, la CNDDHH se muestra preocupada por la declaratoria de estado de emergencia. Reconoce la legalidad de la medida y la previsión de su uso en situaciones excepcionales, pero quiere hacer un llamado al Gobierno para que haga un uso correcto de ella, sin violentar los derechos fundamentales de la población. La preocupación de la CNDDHH se basa en las siguientes razones:

  • Porque existen antecedentes negativos, muy graves, de la aplicación de esta medida en nuestro país. Debe recordarse que, durante los años del conflicto armado interno, el estado de emergencia fue empleado como un mecanismo que facilitó la violación de derechos y su impunidad. En este sentido la Comisión de la Verdad y Reconciliación recomendó que se establecieran con toda claridad los alcances de la actuación de la Fuerza Armada, y se enfatizara que el estado de emergencia no significa la suspensión de la Constitución y el estado de derecho.
  • Porque se encuentran vigentes dispositivos legales, que cuestionamos por anticonstitucionales, que incrementan la capacidad de las fuerzas de seguridad de recurrir al uso de armas de fuego, y de hacerlo bajo el criterio de inimputabilidad, además de otras medidas para el control de las protestas, que han aumentado el riesgo de sufrir violaciones de derechos y que se incrementan en un contexto de estado de emergencia.

La CNDDHH quiere enfatizar que la declaratoria de estado de emergencia no significa de ninguna manera que los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y psíquica, queden suspendidos. Los derechos fundamentales no se suspenden jamás. Lo que ofrece el estado de emergencia son facultades extraordinarias para proceder, precisamente en resguardo de aquellos derechos amenazados por la alteración del orden público. Las acciones de garantía como el Habeas Corpus y la Acción de Amparo mantienen, en consecuencia, total vigencia. Las autoridades civiles mantienen su competencia. El estado de emergencia es un recurso extraordinario; no puede prorrogarse por plazo indefinido.

La CNDDHH quiere recordar al Gobierno y la ciudadanía los criterios señalados por el Tribunal Constitucional para la circunstancia de declarar el estado de emergencia en todo o parte del país:

  • Existencia o peligro inminente de una grave circunstancia de anormalidad.
  • Imposibilidad de resolver las situaciones de anormalidad a través del uso de los procedimientos legales ordinarios.
  • Transitoriedad.
  • Determinación espacial.
  • Restricción transitoria de determinados derechos constitucionales.
  • Aplicación con criterio de proporcionalidad y razonabilidad de aquellas medidas que se supone permitirán el restablecimiento de la normalidad constitucional y el establecimiento de controles, tanto jurisdiccionales como parlamentarios.

Una vez más, la CNDDHH hace un llamado a la ciudadanía a expresar sus demandas sin recurrir a la violencia ni extremar medidas que hagan inviable el ejercicio de los derechos de la población, ni hacer imposible el ejercicio de la función pública. Condena el recurso a la violencia desbordada que se ha evidenciado en estos días.

Hace un llamado al Gobierno Central para agotar las vías de negociación y no emplear la declaratoria de emergencia como una alternativa excluyente al diálogo.

Llama la atención a las autoridades sobre la necesidad de extremar precauciones. Y en caso sea inevitable recurrir a medidas de fuerza para restablecer el orden público, hacerlo con acciones mínimas, técnicas y razonables, guardando rigurosamente las proporciones.

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

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50% de niños en el Perú son víctimas de violencia. Increíble, pero en el Perú solo se pena con 2 años de cárcel cuando la víctima menor es hospitalizada por más de diez días.

En el Perú solo se pena con 2 años de cárcel cuando la víctima menor es hospitalizada por más de 10 días

Felipe, de nueve años, es amarrado y golpeado desnudo en el balcón de su casa. Claudio, de cinco, recibe constantes flagelaciones con una rama de ortiga; y el cuerpo de María, de seis, es quemado sin piedad con una plancha.

Ellos, al igual que otros 8 millones de niños en el mundo, reciben castigos corporales por parte de sus padres o docentes, sin importar las consecuencias físicas y mentales en su desarrollo.

En Perú, según la presidenta de Save The Children, Teresa Carpio, la situación se agrava porque solo se puede sancionar con más de dos años de cárcel al agresor de un menor que ha quedado hospitalizado por más de 10 días, “lo cual es un daño tremendo”; y peor aún –según dijo– “porque no existen penas para quienes castiguen y humillen a un niño”.

Justamente esta situación es la que se busca revertir con la campaña ¡Adiós al castigo!, que se inicia hoy a las 11 de la mañana en el Parque de la Muralla, con el apoyo de 19 instituciones y un despliegue de danzantes, actores y cantantes.

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El INDEPA expresa su protesta por la discriminación de la que fueron víctimas dirigentes de comunidades nativas en Lima.

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SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL:

Existen más de medio millón  de personas cuyas partidas fueron siniestradas.
La Ley 26242 (ley vigente) no ha sido una solución efectiva a este problema.
La Ley actual no facilita el proceso de reinscripción, ni al registrador ni al afectado.
Solamente en los departamentos de Ayacucho, Cusco, Puno, Apurimac y Huánuco, se han perdido 1566 años de registros de nacimientos .
El 61% de las personas afectadas con la destrucción de sus partidas no ha podido reinscribirse. 
En los 15 años de vigencia de la norma sólo se ha logrado reinscribir al 39% del total de los afectados .
Pese a la gratuidad de la norma vigente, se realizan cobros en las oficinas de Registro Civil.
Existen altos costos indirectos
Poblador de Huancavelica que desee reinscribirse, le cuesta S/. 149.10 en promedio .
Poblador de Puno que desee reinscribirse, le cuesta S/. 115 nuevos soles en promedio y una duración de 48 horas
La Ley actual solicita  requisitos absurdos al afectado(a), como la propia partida de nacimiento.
Algunas personas afectadas se ven en la necesidad de realizar procedimientos que no corresponden o realizar prácticas ilegales como la falsificación.
El proyecto de Ley Nº 1890 presentado por el RENIEC, no representa un mayor cambio en la norma. [...]

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Se necesita muchacha

Publicado el 07 November 2008 por admin en General, Noticias, Opinión

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Por Rafo León

Un amigo catalán, que vive en Lima y está casado con una limeña que no lo parece porque es sencilla, amable, democrática, educada y tolerante, me cuenta que hace poco llevaron a la hijita que tienen a un cumpleaños infantil. Los acompañaba el ama de la niña, pues los padres no iban a poder quedarse en la fiesta. Cuando llegaron a la casa de la cumplementada salió la anfitriona a recibirlos, les dio beso a mis amigos, ni qué decir a la pequeña pero al ama ni la miró, como si en lugar de una sólida y sonriente joven huaracina, hubiera tenido por delante un perchero mal colocado en el vestíbulo. Mi amigo, muy sorprendido, intentó normalizar la situación y cuando estaba a punto de presentar a la dueña de casa con la empleada, por si la primera no se había dado cuenta de que la segunda existía, un pellizcón de su esposa le impidió complicar el momento. “Así es acá, caracho, le explicaría después, tú no vas a cambiar nada haciéndote el justiciero porque además, a quien más ibas a incomodar era a la pobre Kelly”, remató mi amiga, refiriéndose a la nana de su hijita. [...]

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A propósito de la cuestionada Ley de Amnistía para militares involcurados en violaciones a derechos humanos promovida desde el Congreso de la República, publicamos dos reportajes sobre la masacre perpetrada contra comuneros de la localidad de Putis.

Haz click en el vídeo para ver el reportaje de Laura Chaud en el programa “El Perro del Hortelano”.

 

Haz click en el video para ver el reportaje de Anusca Buenaluque del programa “Cuarto Poder”.

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Alirio Uribe, vicepresidente de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), presentó hoy en conferencia de prensa, el informe publicado por dicho organismo denominado: El juicio a Fujimori: ¿El fin de la impunidad?

El documento, dado a conocer a nivel mundial hoy desde el Perú, se enmarca en la etapa final del juicio que se le sigue a Alberto Fujimori por violaciones a los derechos humanos.

“Desde la FIDH hemos llevado a cabo una serie de visitas al Perú y participado como observadores internacionales del juicio. Como balance del seguimiento realizado hemos elaborado este informe que incluye una mirada del contexto previo al juicio, desde el autogolpe de Estado de 1992, las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre los casos Barrios Altos, La Cantuta, y el desarrollo del proceso de extradición. Tomando en cuenta estos antecedentes iniciamos el análisis sobre el juicio a Fujimori, el desarrollo del mismo y la valoración sobre la trascendencia de este proceso para el Perú y el mundo entero”, señaló el doctor Uribe. [...]

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