Editorial del diario El Comercio, del 19 de abril de 2009
A propósito de una corriente crítica en torno a la histórica sentencia contra el ex presidente Alberto Fujimori, por crímenes contra los derechos humanos, consideramos que es oportuno volver a remarcar su carácter estrictamente jurídico.
El concepto de justicia tiene muchos significados, entre ellos uno muy importante entendido como la reparación del daño. Por eso, el juicio a Fujimori y la sanción que ha recaído sobre él son justos, porque se ha reparado el daño que su gobierno causó a un número determinado de personas, como sucedió con los casos de Barrios Altos y La Cantuta, entre otros.
En tal contexto, hubo justicia porque el proceso fue justo y público. No se produjo en él ningún acto de arbitrariedad. Todas las partes, incluso el acusado, expusieron sus puntos de vista. Y se respetó el debido proceso que muchas veces no fue respetado durante el régimen fujimorista.
A mayor abundamiento, hay que recordar que la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Chile no hubiera concedido la extradición sin contar con los argumentos y las pruebas que la sustentaran. No hubo tampoco presión política de ningún tipo y el proceso se desarrolló dentro de lo estrictamente jurídico. Aquí también se actuó con justicia.
Para que se tomara dicha decisión fue determinante el concepto de autoría mediata, que sirvió tanto en el caso de la extradición como en la condena. Dicha teoría fue creada por el jurista alemán Claus Roxin y se aplicó por primera vez en 1963 contra el criminal nazi Adolf Eichmann.
De acuerdo con esta teoría, “autor mediato es quien hace ejecutar un crimen mediante otro sujeto, cuya voluntad no es libre, y que se puede efectuar valiéndose de una estructura de poder organizada”.
En el caso de Fujimoriél sabía y consintió esos crímenes a partir de la guerra de baja intensidad (a través de grupos paramilitares que actuaban de manera clandestina y con asesinatos selectivos) que se implementó en su gobierno. Además no se opuso a la amnistía para los sentenciados por La Cantuta y Barrios Altos, por lo que la figura del autor mediato le calza perfectamente.
Carecen de fundamento aquellos alegatos que sostienen que no hubo orden escrita para cometer tales execrables crímenes. De ser así, Abimael Guzmán no es criminal porque tampoco dio órdenes por escrito. Se lo condenó por ser el jefe de un sistema asesino en su concepción y funcionamiento, por lo que se aplicó la teoría de la autoría mediata. Los famosos dictadores en cuyos gobiernos se cometieron crímenes de lesa humanidad tampoco dieron órdenes por escrito.
Por esta sabia decisión felicitamos a los fiscales y vocales del tribunal que mostraron total y absoluta independencia, fundamental para garantizar la transparencia y justicia del proceso. Un proceso que tiene el reconocimiento mundial y que, además, contribuye a que los peruanos recuperemos la fe en la justicia.
Efectivamente, como muestra la más reciente encuesta nacional de Ipsos Apoyo, que publicamos hoy, el 70% de los peruanos está de acuerdo con la culpabilidad de Fujimori, en tanto que el 50% aprueba el desempeño del juez César San Martín y el 53% considera que esto contribuirá a mejorar la imagen del Poder Judicial, lo que debe ser un punto de quiebre para reconciliar a este poder con los ciudadanos.
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