APRODEH aclara a Diario “Expreso”
La Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) desmintió enfáticamente las afirmaciones del diario “Expreso”, propaladas hoy 21 de junio, sobre un supuesto enriquecimiento de los organismos de derechos humanos a partir de las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a la vez que expresó su rechazo a la difusión de información falsa y sesgada por parte de este medio de comunicación.
Gloria Cano, abogada de APRODEH, aclaró que el total dispuesto por la sentencia de la Corte Interamericana al Estado peruano, en el caso del estudiante Kenneth Anzualdo, asciende a 405 mil dólares, no los 700 mil que señala el mencionado diario. “De los 405 mil dólares señalados como medida de reparación, 391 mil corresponde a la familia Anzualdo. Este monto incluye a la propia víctima, Kenneth Anzualdo, a los padres y hermanos”, señaló.
La Corte Interamericana fijó la suma de 14 mil dólares entre las dos instituciones –APRODEH y al Centro por la Justicia Internacional (CEJIL)– por concepto de costas por los gastos irrogados en la defensa de la víctima desde diciembre de 1993 hasta la fecha de emisión de la sentencia en el 2009. Esto comprende un periodo de 16 años, es decir, desde el momento de la desaparición de Anzualdo, en diciembre de 1993 –fecha en que APRODEH inicia las acciones legales a pedido de los padres de la víctima– hasta la emisión de la sentencia en setiembre del año pasado. “La Corte estimó en 79 dólares mensuales los gastos incurridos por ambas instituciones. Sin embargo, aún cuando la cifra es menor a la que, hasta la fecha, han desembolsado tanto APRODEH como CEJIL, por los gastos del litigio interno y externo, respetamos su decisión”, refirió.
De otro lado, Cano precisó que, hasta el momento, el Estado no ha cumplido con otorgar la indemnización porque conforme a la propia sentencia, la Corte otorga un año como plazo para cumplir con el pago.
“Es importante señalar que los familiares de las víctimas, como en este caso lo es la familia de Kenneth Anzualdo, no persiguen como objetivo final una retribución económica. Su motivación esencial es la búsqueda de justicia, la misma que aún no encuentran en su propio país, así como recuperar el cuerpo de su hijo desaparecido y poder por fin darle sepultura”, sostuvo.
“Estos ataques y falsedades intentan obstaculizar y desacreditar nuestra labor, y responden a la campaña que el fujimorismo y diversos frentes del gobierno vienen emprendiendo en las últimas semanas por nuestro rotundo rechazo al intento de liberar al grupo Colina, a Montesinos y Fujimori por las acusaciones de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, al incurrir en mentiras sólo pretenden descalificar nuestro trabajo y eso no lo permitiremos; por ello, enviaremos una carta notarial a fin de dicho diario se rectifique”, agregó
La labor de organismos de derechos humanos, nacionales e internacionales, no tiene ningún ánimo de lucro, dijo la letrada. “Por el contrario, nuestra labor es una respuesta al clamor de justicia de las víctimas, por quienes seguiremos trabajando hasta lograr que los responsables de éste y otros casos sean sancionados como corresponde”, puntualizó Cano.
Datos:
•En la sentencia por el caso Anzualdo, la Corte Interamericana consideró la denuncia que el propio Estado peruano, a través de la Fiscalía de Derechos Humanos, formuló contra Vladimiro Montesinos, Nicolás de Bari Hermoza Ríos, Jorge Enrique Nadal Paiva y Enrique Oliveros Pérez, el pasado 17 de diciembre de 2008, como autores mediatos de la desaparición del mencionado estudiante y de otras dos víctimas, dando lugar al proceso penal iniciado el 30 de marzo de 2009, contra las personas mencionadas, ante el Tercer Juzgado Penal Especial.