Caso Chilliutira – Puno
El 24 de septiembre de 2010, el colegiado de la Sala Penal Nacional presidido por la Dra. Victoria Sánchez dio inicio al juicio oral contra los efectivos del Ejército José Loayza Gutiérrez y Manuel Delgado Contreras, quienes en 1991, en la carretera de Orurillo – Puno, habrían dado muerte a 4 comuneros de la zona. Por este hecho la 2ª Fiscalía Superior Penal Nacional solicitó se les imponga 30 años de pena privativa de libertad. En estas circunstancias, el Dr. Mario Amoretti, abogado de los militares acusados, solicitó que la Sala se inhiba de conocer este proceso, aduciendo que los hechos corresponden ser juzgados por la Justicia Militar, argumentando que configurarían delito de función según la definición establecida en el Código Penal Militar Policial, aprobado por el Decreto Legislativo 1094 .
La audiencia se suspendió para ser continuada el 6 de octubre donde se escuchará la posición de la Fiscalía y de la Parte Civil, que representa a las 4 humildes campesinas puneñas viudas, cuya defensa fue asumida por la Comisión de Derechos Humanos – COMISEDH-, la Asoción Derechos Humanos y Medio Ambiente de Puno y el Instituto Sur Andino de Derechos Humanos- ISADH. La Sala resolverá este pedido el 7 de octubre 2010.
Este es un nuevo acto de obstrucción para que las víctimas puedan acceder a la justicia, utilizando las recientes normas aprobadas por el gobierno que afectan los derechos humanos, contravienen normas constitucionales y desconocen sentencia emitidas por el Tribunal Constitucional. Además, debe advertirse que en este caso el fuero militar en 1991 ya se había pronunció y había absuelto a los presuntos responsables de este crimen, violentando las reglas de un juicio justo.
Los hechos
El 19 de mayo de 1991, elementos de sendero luminoso incursionaron en la comunidad de Puncupata, distrito de Asillo, provincia de Azangaro, región Puno y reclutaron por la fuerza a 4 pobladores (Juan Hualla Choquehuanca, Francisco Atamari Mamani, Feliciano Turpo Valeriano y Roberto Quispe Mamani) a quienes condujeron a la comunidad de Chulluitira, donde los comuneros redujeron a los terroristas y dieron muerte a dos de ellos, capturando con vida a los 4 pobladores de Puncopata.
Los comuneros de Chilluitira se organizaron en comisiones, una fue a Puncopata a dar cuenta de la detención de las 4 personas y verificar si estos pertenecían a esa comunidad; otra comisión se dirigió a la SAIS Posoconi, donde se encontraba acantonada una base policial con el refuerzo de una patrulla del Ejército, la que estaba al mando del Subteniente EP José Loayza Gutiérrez y fue la que se dirigió hasta Chulliutira a recoger los cuerpos de los terroristas muertos y los 4 detenidos con vida, a quienes debía de trasladarlos a la base contra terrorista de Ayaviri.
En el camino de retorno la mencionada patrulla fue alcanzada por otra patrulla, al mando del Subteniente EP Manuel Delgado Contreras, que se transportaba en un vehículo militar, al que subieron los muertos, los detenidos vivos y los militares. Sin embargo, antes de llegar a Ayaviri, los oficiales ordenaron detener el vehículo y dispusieron que los soldados bajaran a los muertos y a los 4 detenidos vivos a quienes los hicieron formar y les dieron muerte con certeros disparos de fusil a corta distancia,- así lo demostraron las necropsias-; sin embargo, los dos oficiales sostuvieron que los detenidos intentaron fugar y por ello les dispararon.
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