Iniciativa consagra cambios en normas sobre adolescentes. Proyecto se encuentra en la Comisión de Justicia del Parlamento
Un proyecto de ley para sancionar con pena privativa de libertad entre 10 y 20 años a los funcionarios públicos o cualquier persona que reclute o aliste a un menor de 18 años, con o sin su consentimiento, para incorporarlo en las Fuerzas del Orden del Estado o de grupos armados, presentó el Poder Ejecutivo al Congreso de la República.
La iniciativa legislativa, que de esta manera incorpora el delito de reclutamiento o alistamiento de menores de 18 años en el Código Penal y modifica el Código de los Niños y Adolescentes, indica además que cuando dicho reclutamiento se realice dentro de un conflicto armado, la sanción será entre 12 y 20 años; y si se causara la muerte del menor o se produce una lesión grave, la pena será no menor de 20 años.
El proyecto de ley fue promovido por la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (Conadih) adscrita al Minjus a fin de adecuar el ordenamiento jurídico peruano de conformidad con el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Con esta propuesta legislativa se busca consecuentemente impulsar la protección de los niños y adolescentes frente a la práctica del reclutamiento de menores. Además, el proyecto de ley establece que deberán desarrollarse todas las medidas posibles para impedir el reclutamiento o alistamiento y la utilización de los niños y adolescentes por parte de las fuerzas del orden del Estado o de grupos armados.
La propuesta legislativa precisa que los menores reclutados deberán recibir asistencia conveniente para su recuperación física y síquica, logrando de esa manera su plena reinserción social.
Para tal efecto se plantea la modificación de los artículos VII y VIII del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, así como sus artículos 4° y 39°. A su vez se propone la incorporación del artículo 153-B en el Código Penal.
La iniciativa legislativa ya se encuentra en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República.
CONADIH
La Conadih es el órgano de carácter consultivo del Poder Ejecutivo encargado de canalizar el proceso de adopción e implementación de medidas nacionales de aplicación y observancia del Derecho Internacional Humanitario (DIH) en el Perú.
Esta comision está integrada por cinco miembros plenos, todos del Poder Ejecutivo: Ministerio de Justicia, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y Ministerio de Educación.
Asimismo, la conforman cuatro miembros observadores permanentes: Defensoría del Pueblo, Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y Congreso de la República.
Obligaciones internacionales
El Estado peruano en 2002 ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos amados, aprobada por Resolución A/RES/54/263 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 25 de mayo de 2000.
De dicho instrumento deriva la necesidad de adoptar todas las medidas para evitar que menores de 18 años participen en hostilidades armadas.
* Fuente: Diario oficial El Peruano
* Ver Proyecto de Ley