Por Rocío Silva Santisteban
Publicado en La República, Kolumna Okupa, Domingo 17/06/2012
Uno de los temas que preocupan a los defensores de derechos humanos es aquel que el presidente Ollanta Humala acaba de negar en Europa: la criminalización de la protesta social. Algo que también algunos periodistas locales califican como paranoia zurda. Humala sostiene que se trata simplemente de hacer respetar el Estado de derecho. Algo que todos sabemos es que es imposible un Estado de Derechos sin el respeto a los derechos humanos en todas sus dimensiones: civiles y políticas, económicas, sociales y culturales.
Pero ¿qué sucede cuando un dirigente de un frente regional en lugar de tener tres denuncias tiene quince porque la misma, idéntica, por los mismos cargos, se presenta en cinco distritos judiciales diferentes? Ahhh, ¿vamos acaso a decir que los fiscales se equivocan? Bueno, ¿y cuando lo mismo sucede no a uno sino a 50 dirigentes? Eso se llama acoso judicial. Eso sucede en Cajamarca con la apertura a un juicio oral que debe comenzar el 13 de julio a personas que van desde el técnico que opinó sobre un acápite del EIA de Conga hasta Milton Sánchez, presidente de la Plataforma Interinstitucional de Celendín. Sánchez tiene más de 17 procesos y muchos en Bambamarca, Hualgayoc y Cajamarca, aparte de los de su tierra.
Los cambios jurisdiccionales también forman parte de la “criminalización”. Una resolución administrativa del Poder Judicial ha decretado que los casos que sean plausibles de ser perseguidos debido a los desmanes de las protestas sociales en Espinar y Cajamarca serán resueltos en Ica y Chiclayo, respectivamente. Desde la perspectiva legal es posible con el nuevo Código de Procedimientos Penales que permite los juzgados supraprovinciales. Sin embargo, consideramos, no es constitucional. ¿Por qué? Porque estos cambios solo pueden darse, como lo ha sostenido el jurista César Landa, si se combinan delitos graves y comisión de los mismos vía organización criminal. Dos condiciones que no se dan.
Por otro lado, desde una perspectiva cotidiana, ¿qué significa trasladar un juicio a cientos de kilómetros de distancia? Incluso para un limeño ese cambio implicaría una molestia y un perjuicio, pero ¿qué presupone para un sereno de Espinar tener que trasladarse a Sicuani dos horas, luego a Cusco tres horas, y luego mínimo 22 horas de viaje por la Libertadores hasta Ica? Además no se trata de una sola vez: nos referimos a viajar de esta manera cada 15 o 20 días. Imposible para alguien que gana 750 soles. Esto claramente atenta contra el acceso a la justicia, contra el juez natural y en suma contra el debido proceso.
La protesta social siempre se ha criminalizado y perseguido. Recordemos a las primeras sufragistas, enmarrocadas caminando por las calles de Londres solo por exigir el voto femenino. O recordemos la foto de Armando Villanueva, con barba de cuatro días, muy joven y guapo, detenido por “terrorismo”. Nos encontramos ante una situación usual que usan los gobiernos para frenar y amedrentar a los protestantes. Pero siendo legal, muchas veces, no es legítima y casi diríamos que cumple la función de una aceituna de lava dentro de un coctel molotov.