La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), en representación de las 79 organizaciones que la conforman, saluda el correcto desempeño del Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, del 4to Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, al declarar fundada la demanda de habeas corpus a favor de Jaime César Borda P., Romualdo Teófilo Ttito P. y Sergio Humani H., los dos primeros miembros de la Vicaría de la Solidaridad – Sicuani, injustamente detenidos el día 28 de mayo a las afueras del Campamento Minero Tintaya Marquiri en Espinar junto con el dirigente del FEDUI Huamaní. De esta forma queda constatado un hecho real que nuestra institución denunció en su momento. Asimismo nos sumamos a la exigencia del Dr. Ochoa para que los funcionarios estatales sean rigurosos en el respeto de los derechos fundamentales de la persona, brindando las garantías necesarias para que la población pueda tener un clima favorable al dialogo que apunte a la solución de los conflictos.
Por otro lado, recalcamos las extrañas e irregulares circunstancias en las que los defensores de derechos humanos Borda y Ttito, así como el dirigente Huamaní, fueron intervenidos por miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) bajo órdenes del Capitán PNP César Valiente A. sin haber una notificación de mandato de detención de por medio o habérseles hallado en flagrante delito. A esto, debemos sumarle el irregular traslado de los detenidos al interior de una aparente dependencia policial en el referido campamento: un acto ilegal por donde e le mire. De la misma forma, denunciamos la labor de la Fiscal Adjunta Provincial Penal Carmen Rosa Salas por permitir y avalar las ilícitas actuaciones de los miembros de la PNP contra nuestros compañeros de la Vicaría de la Solidaridad.
Hacemos énfasis en que toda esta situación resulta preocupante pues parecieran no existir las suficientes garantías al debido proceso dentro de la provincia de Espinar lo que aumentaría dramáticamente el nivel de vulnerabilidad de su población, en especial, frente al Estado de Emergencia. El Estado de Emergencia si bien limita el ejercicio pleno de algunos derechos, no significa la desaparición de los derechos fundamentales de las personas como son el derecho a la vida o a la integridad física.
Finalmente, hacemos un llamado a la paz y al correcto ejercicio del derecho a la protesta tanto en la provincia de Espinar como en todos los conflictos sociales del país con el fin de alcanzar resoluciones pacíficas a los problemas que se presentan.
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Lima, 4 de Junio de 2012
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