La CNDDHH saluda esta decisión judicial en la larga búsqueda de justicia para los 28 campesinos que fueron víctimas de crueles torturas hace más de 7 años en el campamento minero Majaz. Compartimos nota de Fedepaz, institución que ha venido patrocinando a las víctimas.
La Primera Sala Penal de Apelaciones de Piura condenó por delito de omisión de denuncia al ex Fiscal Provincial Mixto de Huancabamba, Lorenzo Félix Toledo Leyva, imponiéndole tres años de pena privativa de la libertad, inhabilitación por un año para asumir función pública y el pago de S/. 6,000 por concepto de reparación civil a favor del Estado.
Al respecto, cabe resaltar que el referido ex Fiscal se acogió al Juzgamiento Anticipado admitiendo los hechos contenidos en la acusación fiscal y, como tal reconoció que los 28 campesinos fueron torturados en el campamento minero de la empresa Río Blanco Copper S.A. (antes llamada Majaz S.A.) y que omitió, en forma deliberada, denunciar dichas torturas ante el órgano judicial competente.
Como sabemos los hechos de tortura acaecieron entre el 1 y 3 de agosto del año 2005, en circunstancias que 28 campesinos se encontraban arbitrariamente privados de su libertad, dentro de las instalaciones del campamento minero de la Empresa Río Blanco Copper S.A..
FEDEPAZ, institución que patrocina a la víctimas de tortura antes mencionadas, considera que la sentencia establece dos hechos muy importante en la lucha contra la impunidad en casos de graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad: primero, que es la primera vez que en nuestro país se condena a un ex Fiscal que incumpliendo sus funciones, en forma deliberada, omitió denunciar graves hechos de tortura y, segundo, que el reconocimiento de los hechos por el citado ex fiscal (por los cuales ahora se le ha condenado) es una prueba irrefutable de que los 28 campesinos si fueron torturados con participación de la empresa minera Río Blanco Copper S.A. (llamada en la fecha de los hechos Majaz S.A.)
Igualmente, expresa su satisfacción por este importante pronunciamiento judicial en el que se reconoce que un funcionario público (cuya función era garantizar el respeto a los derechos humanos de todos los ciudadanos y denunciar los hechos que agravien esos derechos) no
asumió su delicada responsabilidad de denunciar oportunamente graves hechos criminales y como tal que es merecedor de una condena penal, significando esta decisión judicial un mensaje directo a todos aquellos funcionarios públicos que si permiten, toleran, colaboran y/u omiten denunciar graves violaciones de derechos humanos serán procesados y sancionados de acuerdo a ley.
Finalmente, estima que esta sentencia es un segundo gran paso (el primero fue el pago de indemnizaciones a favor de los torturados por parte de la empresa británica Monterrico Metals Plc matriz de Río Blanco Copper S.A.) en la búsqueda de justicia para los 28 campesinos torturados. Al respecto, cabe precisar que aún se encuentra pendiente el Juicio Oral contra los autores mediatos y directos de las torturas.
Fuente: FEDEPAZ
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