
El día de hoy, el diario La República publicó un informe que señala que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) no procesará disciplinariamente a Javier Villa Stein y a los integrantes de la Sala Penal Permanente que, a través de una sentencia irregular, redujeron los años de condena a los integrantes del grupo Colina en el caso Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri Bustamante.
Según este medio informativo, la Comisión de Procesos Disciplinarios del CNM, integrada por los consejeros: Máximo Herrera Bonilla, Pablo Talavera Elguera, Luz Marina Guzmán Díaz, ha considerado que no hay motivo para abrir proceso disciplinario a los jueces de la Sala Penal Suprema Permanente, debido a que es una decisión jurisdiccional.
Sin embargo, se debe recordar la gravedad de esta sentencia, que, contra toda lógica, desvirtuaba el concepto de crimen de lesa humanidad, malversaba la definición de “población civil” como argumento justificador de los asesinatos, aduciendo que las víctimas eran terroristas, rebajaba la pena impuesta a Montesinos Torres, Salazar Monroe y a otros integrantes del destacamento Colina, e incluso, absolvía a uno de ellos. Asimismo, se debe recordar la conducta abiertamente parcializada del magistrado Villa Stein, a favor de la defensa de los condenados.
En ese sentido, cabe recordar que contra dicha sentencia la comunidad nacional e internacional de derechos humanos reaccionó rápida y contundentemente, al punto que diversas organizaciones e incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos, emitió una Sentencia de Cumplimiento descalificando el fallo con lo que, posteriormente, la propia Corte Suprema anuló ésta en una decisión que ponía en clara evidencia la grave inconducta funcional en la que habían incurrido los magistrados cuestionados.
Por ello, las instituciones abajo firmantes consideramos que esta situación es particularmente grave puesto que, tras una investigación inusualmente larga (seis meses), el CNM estaría enviando al resto de jueces y fiscales del país una lamentable señal a favor de la impunidad, de modo tal que un magistrado puede emitir fallos contra los tratados internacionales, desacatar sentencias de la Corte Interamericana, incumplir fallos del Tribunal Constitucional, con el claro objetivo de favorecer a quienes perpetraron crímenes contra la humanidad favoreciendo la impunidad y sin recibir sanción alguna.
Exigimos entonces, a los integrantes del CNM, a cumplir un rol de restablecimiento de la decencia en el sistema de justicia y de imperio de la ley y no de la componenda para favorecer poderes de facto al interior del Poder Judicial.
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – CNDDHH
Instituto de Defensa Lega – IDL
Asociación Pro Derechos Humanos – Aprodeh
Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – Fedepaz
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