Un caso de criminalización de la protesta ganado: Corte de Huancavelica absuelve a dirigentes campesinos procesados por defender su territorio contra empresa minera
Por Janelle J. Rocca Galarza (*)
Lo que leerá es una historia surrealista.
- Primero: una empresa minera decide meterse a realizar actividad minera en un territorio de unas comunidades campesinas, a pesar de no contar con licencia social y no haber realizado la consulta previa con las comunidades campesinas dueñas del territorio donde pretende explorar.
- Segundo: la comunidad decide denunciar ante las autoridades del Estado que esta empresa minera se ha metido a su propiedad sin permiso, sin resultados concretos.
- Tercero: cansados de la indiferencia del Estado, las comunidades deciden defender su territorio, contra la intrusión de esta empresa, y son increíblemente procesados penalmente por el sistema de justicia.
En resumen, es como si el delincuente que se ha metido a la fuerza a tu casa sin permiso, te denuncia por sacarlo a la fuerza, luego que ninguna autoridad ha cumplido con defenderte. A continuación un caso real que acaba de ocurrir en Huancavelica:
El distrito de Secclla, ubicado en la provincia de Angaraes, región Huanvelica, se encuentra conformado por las comunidades campesinas de Secclla, Allarpo – Chillama, Atuna – Quihuay, Ccochatay, Eccana, Maray, Quispicancha, Pucamaray, Antamachay, Rupasccahuasi, Tranca, Huaraccopata.
Al igual que todo pueblo de nuestra región andina, los habitantes de Secclla se dedican a la agricultura y ganadería; siendo hereditarios de paisajes serranos inolvidables y donde se encuentran las nacientes de muchos ríos de la zona. Así tenemos, que en el paraje de Pampamali se ubican las cabeceras de cuenca de los ríos Atuna y Sicra, el primero, alimenta a las zonas bajas del distrito de Secclla, mientras que el segundo, al distrito de Lircay.
Pero al igual que todos los distritos de nuestra serranía peruana, el de Secclla no es ajeno a la problemática de conflictividad social que aqueja al país en la actualidad, dado que gran parte de su territorio se encuentra concesionado para la explotación minera.
La Defensoría del Pueblo, a través de sus reportes mensuales de conflictos sociales, ha registrado que en este distrito existe un conflicto social permanente desde el año 2007, no obstante, el origen del mismo, se remonta allá por el año 2002, en que la Compañía Minera Pampamali S.A. (COMIPSA), inicia sus operaciones de exploración y explotación en el paraje Pampamali -que como ya hemos mencionado- el cual es zona de las nacientes de los ríos Sicra y Atuna.
Ahora bien, como es común en todos los casos de otorgamiento de concesiones mineras y de autorizaciones para el inicio de actividades de exploración y explotación por parte del Estado peruano dentro de los territorios de las comunidades campesinas, existe una vulneración permanente del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas, así como el derecho al territorio, a la libre autodeterminación, entre otros; situación que ha desembocado actualmente en una creciente ola de conflictos sociales a nivel nacional, siendo los más frecuentes los de tipo socioambientales ligados con la industria minera.
Dentro de este contexto, se enmarca la problemática de conflictividad social suscitada entre las diferentes comunidades campesinas del sur de la provincia de Angaraes –en especial, del distrito de Secclla- contra COMIPSA durante los días 06 al 24 de noviembre de 2007, fechas en las que deciden realizar varias jornadas de manifestaciones pacíficas en los alrededores de las instalaciones del campamento minero, a efectos de exigirle a ésta el retiro definitivo de sus territorios comunales y el cese de sus operaciones por no cumplir con las normas ambientales y mineras, además de haber vulnerado el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas.
Las jornadas de protestas que se desarrollaron durante cerca a un mes en el paraje de Pampamali, donde se generaron actos de violencia contra la población por parte de los trabajadores de la empresa ((Producto de los actos de violencia, hubieron dos heridos, uno de ellos de gravedad que posteriormente le generó la muerte. Los responsables han sido sancionados por el delito de homicidio culposo, en la actualidad, se encuentran libres.)), concluyeron con el retiro de las instalaciones del campamento minero de COMIPSA, en vista que se determinó la realización de sus actividades mineras de manera ilegal e irregular.
No obstante, a pesar que COMIPSA inició y desarrolló sus operaciones mineras vulnerando diversos derechos fundamentales de las comunidades campesinas de la zona, además de haber transgredido el ordenamiento jurídico ((Es importante destacar que COMIPSA inicia sus operaciones en el 2002 sin contar con la certificación ambiental respectiva. Para el 2007 no contaba con la autorización, otorgada por la ANA. para el uso de aguas superficiales ni la de vertimientos de aguas residuales tratadas; además no tenía la autorización por parte de las comunidades para el uso del terreno superficial.)) y haber generado un clima de conflictividad social, la referida empresa decide denunciar penalmente a varios pobladores, entre ellos, dirigentes, autoridades y líderes sociales del distrito de Secclla, denuncia que es formalizada contra 16 de ellos por parte de la Fiscalía Mixta de Angaraes, a cargo del Dr. Henry Mamani Valdivia.
Las investigaciones, a nivel preliminar y judicial, se llevaron a cabo por más de 04 años, concluyéndose con un dictamen acusatorio y una requisitoria oral condenatoria por parte de la Fiscalía de Huancavelica, a cargo del Dr. Luis Alfredo Yalán Ramírez, de los 16 procesados por los delitos de secuestro, robo agravado, coacción, entre otros y solicitando penas excesivas y desproporcionales de hasta 35 años de cárcel para varios de los acusados.
Sobre el particular, es necesario destacar que al momento de efectuar su requisitoria oral, el representante del Ministerio Público de Huancavelica desconoció e ignoró totalmente el contexto político y social por el cual se desarrollaron los hechos de los días 06 al 24 de noviembre de 2007 y que fueron materia del referido proceso penal, así como no tomó en cuenta la práctica y el uso recurrente, como forma de amedrentamiento, del aparato punitivo por parte de COMIPSA contra los dirigentes, autoridades y líderes sociales del distrito de Secclla, que desde más de 11 años han venido exigiendo a esta empresa el cumplimiento del ordenamiento jurídico y el respeto de sus derechos fundamentales.
El juicio oral duró como cerca de 06 meses, concluyendo este miércoles 05 de febrero con la absolución total de los 14 procesados ((Los procesados César Cuadros Roiro y Carlos Candiotti Valenzuela, fallecieron en el transcurso en que se desarrolló la investigación judicial.)), dado que la Sala Penal de Huancavelica no logró encontrar suficientes medios probatorios que pudieran enervar el principio de inocencia de los acusados.
Sin embargo, consideramos que el Poder Judicial de Huancavelica perdió una importante oportunidad para pronunciarse y sentar una valiosa jurisprudencia – como en su momento lo hiciera la Sala Penal de Iquitos en el famoso caso Andoas- sobre uno más de los casos de criminalización de la protesta social que se ponen en evidencia en un contexto de conflictividad social que atraviesa el país. Lastimosamente, esta Sala Penal – al igual que el Ministerio Público- intentó abstraer y desvincular el caso de su real contexto político y social, y lo analizó como si fuera un mero caso delincuencial cotidiano.
El conflicto en la zona aún sigue latente y COMIPSA continúa haciendo uso del aparato punitivo para perseguir a los dirigentes, líderes y autoridades del distrito de Secclla. La justicia Huancavelicana todavía tiene la oportunidad de tocar los orígenes de este conflicto y lograr encaminarlo por el sendero respectivo.
(*) Abogada de los 14 procesados y miembro de la Asociación Civil “Colectivo por la Madre Tierra – COMTERRA”.
Fuente: JusticiaViva
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