
SALA PENAL NACIONAL REVISA LIBERACIÓN DE CORONEL PNP CONDENADO POR DESAPARICIÓN DE ERNESTO CASTILLO PÁEZ
El lunes 25 de enero a las 8:30 am la Sala Penal Nacional (Av. Uruguay – Centro de Lima) desarrollará una audiencia en la cual revisará la resolución judicial del 12 de noviembre de 2015 por la cual el Juez del Segundo Juzgado Penal Supranacional de Lima Ángel Mendivil dispuso irregularmente la liberación del Coronel PNP en retiro Juan Carlos Mejía León condenado como autor de la desaparición forzada del estudiante universitario Ernesto Castillo Páez.
La desaparición del joven estudiante se produjo el 21 de octubre de 1990 en el distrito de Villa El Salvador y las investigaciones judiciales, iniciadas luego que en 1997 la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenara al Estado peruano como responsable del crimen, determinaron que la desaparición había sido perpetrada por elementos de la Policía Nacional bajo el comando del entonces Comandante PNP Juan Carlos Mejía León.
Mejía León y otros 3 efectivos policiales fueron juzgados y condenados el 20 de marzo de 2006 por la Sala Penal Nacional instancia que les impuso 16 años de pena privativa de libertad, pero al haber cumplido mitad de la condena en prisión los condenados han accedido irregularmente al otorgamiento de beneficios penitenciarios sin que hasta la fecha hayan brindado información sobre el paradero de la víctima, muy a pesar de que para obtener dicho beneficio los condenados declararon estar “arrepentidos del crimen” cometido.
Por ello el IDL apeló la resolución dictada por el juez Mendivil, de fecha 12 de noviembre, en la que dispuso irregularmente su liberación bajo el increíble y sospechoso argumento de que primero lo liberaba con la promesa de que luego brinde la información sobre el paradero de la víctima.
Esta irregular liberación se produjo muy a pesar de que el año 2014 la propia Sala Penal Nacional denegó al mismo Juan Carlos Mejía León un anterior pedido de beneficios penitenciarios bajo el fundamento de que en el presente caso existen obligaciones internacionales del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionadas a la necesidad de brindar información sobre el paradero de los restos de la víctima.
Lima, 22 de Enero de 2016
Instituto de Defensa Legal