CARTA ABIERTA
Contra la Discriminación durante la coyuntura Electoral
El Grupo de Trabajo con Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (GTPPII – CNDDHH) ¹ , condenamos la ola de actos discriminatorios en medios de comunicación y redes sociales que vienen aconteciendo en el país.
En el marco del actual proceso electoral peruano y en medio de las celebraciones por los doscientos años de vida republicana, es indignante que estemos viviendo días de incertidumbre en el que espectamos diariamente actos constantes de discriminación contra los ciudadanos y ciudadanas de los pueblos originarios y comunidades rurales amazónicas y andinas, así como migrantes.
En el artículo 2, inciso 2 de nuestra Constitución se indica que todo peruano(a) tiene derecho
“A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”.
Además, es necesario recordar que los actos de discriminación están tipificados y son objeto de sanción en nuestro ordenamiento penal. Al respecto, nuestro Código Penal indica:
“Artículo 323.- Discriminación e incitación a la discriminación: “El que, por sí o mediante terceros, realiza actos de distinción, exclusión, restricción o preferencia que anulan o menoscaban el reconocimiento, goce o ejercicio de cualquier derecho de una persona o grupo de personas reconocido en la ley, la Constitución o en los tratados de derechos humanos de los cuales el Perú es parte, basados en motivos raciales, religiosos, nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, identidad étnica o cultural, opinión, nivel socio económico, condición migratoria, discapacidad, condición de salud, factor genético, filiación, o cualquier otro motivo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.
Si el agente actúa en su calidad de servidor civil, o se realiza el hecho mediante actos de violencia física o mental, a través de internet u otro medio análogo, la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme a los numerales 1 y 2 del artículo 36” [4].”
Rechazamos que algunos medios de comunicación actúen sin tener en cuenta los valores éticos básicos y que, en vez de deslindar o denunciar actos discriminatorios, los soslayen bajo una supuesta objetividad.
Nuestro país se ha forjado gracias a los millones de peruanos y peruanas que con su trabajo, resiliencia y creatividad han superado la pobreza y diversas dificultades para hacer de este un país grande. El Perú no solamente es Lima ni las provincias son el Perú, es necesario generar un clima de respeto e igualdad entre todas y todos, independientemente de su lugar de origen. Necesitamos un nuevo proyecto de país post pandemia, por ello urge plantearnos salidas de cómo enfrentar unidos la actual crisis. Actos racistas y antidemocráticos obstaculizan y retrasan nuestras posibilidades de avanzar como país hacia la inclusión con justicia social.
Hacemos un urgente llamado a los medios de comunicación, gremios empresariales, partidos políticos, entidades públicas, así como a toda la ciudadanía a respetar el Estado de Derecho, a respetar los derechos de todos y todas, y, seguir garantizando un país democrático y transparente.
Grupo de Trabajo con Pueblos Indígenas
de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
_____________
¹ El GTPPII–CNDDHH está conformado por las siguientes instituciones: Instituto del Bien Común (IBC), Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), Earth Rigths International Instituto de Defensa Legal (IDL), Derechos, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), OXFAM, Red MUQUI, COOPERACCION, Servicios en Comunicación Intercultural (SERVINDI), Asociación Servicios Educativos Rurales (SER), Forum Solidaridad Perú, Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ), Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible Perú (IDLADS Perú), Comisión de Justicia y Paz del Vicariato Apostólico de Iquitos, Asociación Fé y Derechos Humanos (FEDERH PUNO), Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), EQUIDAD Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos, Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS), Asociación Paz y Esperanza, Chirapaq y el Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático (MOCICC).
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