Escribe Gustavo Oré (CNDDHH)
Uno de los principios en los que descansa la institucionalidad democrática, tantas veces aludida por representantes de una y otra tendencia política y por especialistas en la materia, está en el derecho a la participación política, es decir, la posibilidad que tiene cada persona de formar parte de un partido o movimiento e integrarse a la conducción del país, de la misma forma que elegir a sus autoridades y fiscalizar su desempeño. Este derecho tiene en el sistema representativo su mecanismo de acción; así, las personas agrupadas en un partido o movimiento actúan en representación de quienes votaron por ellos o ellas.
Ahora, el denominado “juego político” trastoca este derecho a la participación y su mecanismo representativo, y se recrea un perverso sistema, contaminado por intereses que no responden a la voluntad de quienes eligieron a sus representantes, donde el cambio de tienda política se hace sin ningún pudor, ni reparo. Ello sumado a la demagogia -como prometer que no se aplicará una política de shock económico y hacerlo apenas transcurridas semanas de asumir el gobierno, o decir que no se firmará determinado tratado de libre comercio y realizar lo contrario una vez en el poder- origina que tengamos un sistema colapsado que atenta contra la tan mentada institucionalidad democrática de nuestro país, haciendo propicio el escenario para que se vulneren derechos fundamentales sin que tengamos mecanismos claros de reclamo.
El transfuguismo es, que duda cabe, una práctica conocida en nuestra política, al igual que en otros países de la región. Es por esto que el Supremo Tribunal de Brasil acaba de sentenciar hace unos días que quienes ejerzan un cargo electivo no pueden cambiar de partido mientras duren sus mandatos. Esta decisión coincide con otra adoptada en marzo del 2007 por la justicia electoral de ese país. En otros términos, el transfuguismo queda prohibido en Brasil en virtud de esta decisión judicial.
En otras regiones, donde también se han presentado estos casos, los tribunales se han pronunciado. En España, por ejemplo, el Tribunal Constitucional ha dicho en su Sentencia 119 del 21 de julio de 1990 que “la consagración constitucional de los partidos políticos dotan de relevancia jurídica (y no sólo política) a la adscripción política de los representantes y hacen que, en consecuencia, esa adscripción no pueda ser ignorada ni por la normas infra-constitucionales, ni por el órgano mismo en las decisiones que adopte en el ejercicio de la facultad de organización.” Es decir que no se puede justificar el “cambio de camiseta” en virtud a un cambio de coyuntura política, pues va contra el orden jurídico.
Otras voces la han catalogado como un delito. Así J. M. Reniu sostiene que “el transfuguismo es un caso de ‘estafa política’. Un gran número de tránsfugas se mueven por el medro personal: un cargo futuro, un buen puesto en las próximas elecciones. Cuando no hay otras prebendas rayanas en la corrupción”.
En nuestro país, La Constitución Política en su artículo 45º, primer párrafo, señala literalmente que “el poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.”
Aunque la legislación actualmente no lo regula así, el espíritu de nuestro código político y los principios jurídicos en los que se cimienta, nos deben llevar a sancionar el transfuguismo y prohibirlo legalmente, pues es la madre del cordero de la corrupción, entre otros corderos.
La congresista Mercedes Cabanillas, a quien hoy parecen preocuparle otros temas, sostenía como argumentación de un proyecto de ley presentado durante el anterior gobierno que “la conducta de los ‘transfugas’ constituye no sólo una deslealtad a la voluntad popular, que es uno de los principios del Estado democrático, sino un claro ejemplo de corrupción personal que es necesario evitar.” Por ello presentó el Proyecto Ley N° 9051/2003-CR que entre otros aspectos sancionaba el transfuguismo, proyecto que hoy se encuentra archivado y sería bueno reactivar.
Sigamos el ejemplo de Brasil, de lo contrario ni siquiera veremos bosquejos de un verdadero sistema institucionalizado de partidos políticos, el país en este tema, tampoco puede darse el lujo de esperar tanto.