EDUARDO VEGA. El defensor para temas de derechos humanos recordó que compromisos internacionales impiden dar normas contra la investigación y sanción de crímenes de lesa humanidad.
¿Cómo se puede tomar el anuncio del congresista Edgar Núñez de dar una amnistía para militares procesados por violaciones a derechos humanos?
En nuestra opinión no existen razones jurídicas ni éticas que fundamenten una amnistía para casos de violaciones a derechos humanos. Lo que corresponde es que la justicia haga su labor. En un Estado democrático, respetuoso de las distintas instituciones públicas, corresponde que un proceso judicial determine las responsabilidades o inocencias de las personas involucradas en estos delitos.
¿Por qué no corresponde este beneficio para casos de DDHH?
Hay razones jurídicas y éticas. En el primer caso están nuestros compromisos a nivel internacional. Perú es parte del sistema interamericano de derechos humanos, en el que hay una serie de hitos que han marcado lo que piensa la comunidad internacional, y a los que se obliga el Estado peruano, de no dar disposiciones que eximan de responsabilidad a quienes violaron derechos humanos.
¿Son sentencias vinculantes o solo recomendaciones?
Concretamente son las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que repetidamente se ha pronunciado en contra de acciones excluyentes de responsabilidad, ya sea en casos peruanos, como La Cantuta y Barrios Altos, y también en casos de otros países. Por tanto dictar disposiciones que salen de este marco de actuación, nos pone en situación de incumplimiento con nuestras obligaciones internacionales.
¿Qué nos podría generar la aprobación de esta amnistía?
Una sanción internacional. Nos pondría en una situación muy complicada frente a nuestros compromisos en derechos humanos. Nos haría retroceder en todo lo que se ha avanzado en estos años para recuperar la imagen democrática.
Y si a pesar de todo se da, ¿podría quedar sin efecto como pasó con las leyes de La Cantuta?
Es lo más probable porque la Corte Interamericana dice que no es admisible ningún tipo de excluyentes de responsabilidad. Por eso podría tener la misma suerte que las leyes de 1995, que en el 2001 quedaron sin efecto por la sentencia de la Corte y cualquier juez puede volver a abrir los casos.
JURISPRUDENCIA INTERNA
También hay jurisprudencia interna, ¿no es así?
A nivel interno el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial se han pronunciado también invariablemente en que no proceden normas de amnistía frente a casos de violaciones a derechos humanos
Aplicando la sentencia de la Corte Interamericana…
Sí y a raíz de pedidos formulados por algunos procesados, el último ha sido el general Salazar Monroe, El Tribunal Constitucional señala que no procede la amnistía frente a este tipo de casos de violaciones a derechos humanos.
¿Eso sienta jurisprudencia?
Con esto el Tribunal Constitucional ha marcado una pauta en contra de la vigencia de las leyes de amnistía. Pero además, los ex comandantes generales del Ejército en marzo del 2005 señalaron: no pedimos impunidad ni olvido para quienes hayan cometido excesos y demandamos justicia oportuna, transparente, equilibrada, sin abusos ni arbitrariedades; que siempre se tome en cuenta el contexto en el que se realizaron las acciones; y que no se confunda la actuación abnegada de los soldados de la patria, que cumplieron cabalmente su deber, con la de algunos malos elementos.
Con este pronunciamiento lo que piden son juicios justos…
No quieren leyes de amnistía, no quieren olvido del delito, sino que se esclarezca su situación lo más pronto posible. Lo que sí demandamos es que haya mayor celeridad y que se fortalezca el subsistema de justicia en materia de derechos humanos. Esa será la única garantía de que habrá procesos ágiles, oportunos y respetuosos del debido proceso.
MÁS CELERIDAD
¿Ve algún tipo de persecución a las fuerzas armadas?
El tema es la dilación, pero eso también afecta a las víctimas de las violaciones a derechos humanos. Estamos ante investigaciones preliminares que en muchos casos están tomando más de 5 años. Pero eso debe llevar a fortalecer la labor del Ministerio Público, si es necesario dotarles de más recursos, facilitar la información del Ministerio de Defensa, por ahí va la solución.
Entonces los militares procesados tienen abogados…
Los miembros de las fuerzas armadas tienen tres alternativas: la defensa de oficio; el Decreto Supremo 061 dictado para estos casos, y que requiere de una fianza o una carta señalando que si es condenado devolverá lo que hubiese ocasionado la defensa judicial; y la defensa brindada por los cuerpos jurídicos. La información oficial es que buena parte de los procesados están siendo atendidos legalmente por los cuerpos jurídicos de las fuerzas armadas.
«Un caso como Putis no puede quedar impune»
¿Si se diera la amnistía el señor Fujimori podría acogerse?
Es que las amnistías se dan de forma general, fijan un límite de tiempo para decir ‘estos son los casos que yo decido amnistiar’. Los congresistas han dicho que lo van a estudiar detenidamente para no favorecer a personas que no han delinquido, pero esa es la función de un juez.
¿Al no ser caso por caso se puede meter Fujimori?
Por supuesto.
Dicen que si se indultaron casos de terrorismo puede amnistiarse a militares…
Eso se debatirá en su momento, pero cuando se habla de amnistía se habla del olvido del delito, en el que no se puede hacer distinciones, porque no se da caso por caso, como el indulto. Hay que tener mucho cuidado porque nadie quería que un caso como Putis vaya a olvidarse y quedar impune.
Fuente: Diario La República