(DPA / Europa Press)

VULNERACIONES DE DERECHOS HUMANOS DURANTE MOVILIZACIONES

09/12/22 al 14/12/22

A nivel nacional se están multiplicando las movilizaciones y acciones de protesta donde la principal demanda es el adelanto de elecciones generales. Aunque en algunas protestas se vienen registrando  acciones violentas y agresiones a periodistas y medios de comunicación[1], los altos funcionarios del gobierno de Dina Boluarte vienen avalando una repuesta de las fuerzas policiales que queda claramente fuera del marco normativo nacional e internacional[2]. Al momento de este reporte se tiene confirmación de la muerte de al menos 7 civiles[3], de los cuales dos eran menores de edad. 

Como principales prácticas vulneratorias hemos identificado las siguientes:

  1. El uso de munición prohibida para el control de multitudes, incluyendo perdigones de calibre 00, o canicas de metal[4], canicas de vidrio[5], perdigones de metal y balas.
  2. El disparo de bombas lacrimógenas directamente al cuerpo de manifestantes[6], vulnerando el procedimiento reglamentario que es disparar parabólicamente y nunca al cuerpo. Resultado de este proceder un joven se encuentra en cuidados intensivos en la ciudad de Lima, con diagnóstico de Traumatismo Craneoencefálico Grave[7].
  3. Los disparos indiscriminados a los manifestantes, desde el aire[8], e incluso con armas letales.  Especial indignación ha generado la represión contra el cortejo fúnebre de dos de los jóvenes asesinados en Andahuaylas. Los participantes fueron gaseados pese a el carácter pacífico de la reunión y la fuerte participación de menores de edad, compañeros de los jóvenes fallecidos[9].
  4. La habilitación a las fuerzas armadas para intervenir en el control del orden interno, así como la declaratoria de estado de emergencia con suspensión a nivel nacional, violando el principio de proporcionalidad[10].  Estas medidas agravan el riesgo de vulneraciones de derechos humanos que ya se han venido registrando.    Más aún cuando en los espacios del territorio nacional donde ya se venía aplicando la medida la Policía ha aplicado de manera extensiva la suspensión de derechos a personas no  involucradas a las manifestaciones violentas.
  5. La infliltración de las movilizaciones con efectivos encubiertos que instigan a los manifestantes a cometer disturbios y realizan detenciones arbitrarias[11].  También se ha detectado inflitración e instigación a través de grupos de whatsapp y afines.
  6. Falta de identificación visible de los policías uniformados. Ello incrementa el riesgo de que los efectivos violen derechos humanos, y favorece la impunidad.
  7. Uso arbitrario del procedimiento de control de identidad para intimidar a los manifestantes e incluso trasladarlos a dependencias policiales, en contravención de los estándares internacionales y del protocolo de control de identidad policial.
  8. Sembrado de pruebas incriminatorias a personas detenidas[12].
  9. Allanamiento ilegal de un domicilio familiar en Andahuaylas, para usar la azotea como base de tiro. La población consideró que desde allí dispararon a los jóvenes fallecidos, por lo que la turba incendió el inmueble, tomaron como rehén a la propietaria, la golpearon y amenazaron con quemarla viva.
  10. Detenciones arbitrarias de ciudadanos que no se encuentran cometiendo delito alguno, únicamente por su participación en la movilización.
  11. Restricciones para el acceso de abogados defensores a los lugares de detención, y presiones para que los detenidos suscriban documentos mientras se encuentran incomunicados. Ello sumado a una acción deficiente de la defensa pública, dejando en la indefensión a las personas detenidas.
  12. Negativa a entregar información en tiempo real sobre identidad y ubicación de las personas detenidas, incluso menores de edad, incrementando el riesgo de torturas y violaciones del derecho a la defensa.
  13. Interceptación de comunicaciones[13] y estigmatización de los manifestantes  calificándolos como terroristas[14], agudizando así la polarización.

Ante esta situación, exhortamos a las autoridades a adoptar las siguientes acciones urgentes para  detener  la violencia policial:

  1. A la Fiscal de la Nación:
  2. Disponer la asignación de fiscales de turno en las dependencias policiales de los lugares con mayor convulsión para cautelar los derechos de las personas detenidas.
  3. Disponer la intervención vía prevención del delito, de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva “Ejercicio de la función fiscal frente al uso arbitrario o ilegítimo de la fuerza por agentes responsables de garantizar, mantener y restablecer el orden interno”.
  4. A la Presidenta de la República, al Premier, al Ministro del Interior, al Director General de la PNP y a los Jefes de las Regiones Policiales:  Cumplir cabalmente con su rol de garantes de los derechos fundamentales de los ciudadanos que protestan, tomando las previsiones necesarias para evitar que las fuerzas del orden descritos se reiteren y sancionando a los responsables. De no hacerlo así les alcanza la responsabilidad contemplada en el art. 11. 4 del DL 1186 sobre uso de la fuerza policial.
  5. Al Ministerio de Justica, a través de la defensa pública: garantizar el acceso a la defensa pública de manera oportuna y con plena sujeción a los estándares internacionales sobre derechos humanos.
  6. Al Ministerio de la Mujer: velar por el respeto pleno a los derechos de las mujeres manifestantes, especialmente frente a cualquier forma de violencia sexual en dependencias policiales, así como por la protección de las niñas, niños y adolescentes.
  7. Al Ministerio de Salud: garantizar la atención oportuna de las personas heridas, así como la preservación de pruebas durante los procedimientos médicos.

[1] https://elcomercio.pe/lima/sucesos/lima-vandalos-atacan-instalaciones-de-canales-de-television-y-radio-de-lima-canal-n-rpp-america-television-panamericana-television-tv-exitosa-rmmn-noticia/ .

[2] Ver https://panamericana.pe/politica/367307-pedro-angulo-movadef-actividad-incesante-marchas , https://twitter.com/RadioNacionalFM/status/1602759301117927424?s=20&t=BnADHI69qTVDASaQkZ4-Cw .

[3] Ver https://twitter.com/Minsa_Peru/status/1603062534994624516 .

[4] Ver https://twitter.com/WaykaPeru/status/1601423373942259715?t=TlUrz-UpcUSpswYiAhfWhQ&s=19 .

[5] https://drive.google.com/file/d/1IxCjMcBHrwWcjxGNPzxjxO1FWoM2UVTx/view?usp=sharing , https://drive.google.com/file/d/1euzsdpvlc2cAO-mFK99123i3UuUDkOKR/view?usp=share_link

[6]Ver  https://twitter.com/Epicentro_TV/status/1601382296623276033?t=6CajijmcMz3HIL6-0PokUw&s=08 , https://drive.google.com/file/d/1FIK3Xvr8vTFWTbroBwJrQR0XQJi5RuI_/view?usp=sharing   , https://drive.google.com/file/d/13bz9KaAdcd3eNCUM5xYkOhMEErUUHsLB/view?usp=sharing ,

[7] https://drive.google.com/file/d/1euzsdpvlc2cAO-mFK99123i3UuUDkOKR/view?usp=share_link , https://www.gob.pe/institucion/hospitalloayza/noticias/679350-comunicado-n-026-2022-hnal .

[8] https://drive.google.com/file/d/1fjmfw0dTVjcsafDFvgkEw2rG8PQ4zEOD/view?usp=share_link , https://drive.google.com/file/d/1HSOHifxozQbtiW7Ny5BIl_vpC_AmN1YT/view?usp=sharing .

[9] https://twitter.com/AlexFebrero_/status/1602749477856710656?t=HJl1cxeWazP_jmKBrikDZQ&s=19 .

[10] Mediante Decreto Supremo Nº 139-2022- PCM en provincias de Apurímac, mediante Decreto Supremo   DECRETO SUPREMO

Nº 142-2022-PCM en Arequipa, y en la mañana del 14 se ha anunciado la declaratoria nacional, aunque aun no se publica la norma. Ver https://www.infobae.com/america/peru/2022/12/14/gobierno-declara-estado-de-emergencia-por-30-dias-a-nivel-nacional/ .

[11] Testimonio directamente recogido por la CNDDHH a través de su línea de emergencias.

[12] Testimonio directamente recogido por la CNDDHH a través de su línea de emergencias, corroborado por dos de los detenidos.

[13] Declaraciones del Premier en  Panamericana TV  el 12/12 : “ hemos accedido a las comunicaciones de los manifestantes”.

[14] https://panamericana.pe/politica/367307-pedro-angulo-movadef-actividad-incesante-marchas .

VULNERACIONES DE DERECHOS HUMANOS DURANTE MOVILIZACIONES

09/12/22

El 09/12 Lima fue escenario de movilizaciones donde la principal demanda es el adelanto de elecciones generales. En este contexto se han documentado una serie de prácticas policiales que vulneran derechos fundamentales y que podrían ser el primer paso en una represión de grandes magnitudes como la que se vivió en noviembre del 2020.  En particular nos generan preocupación las siguientes acciones policiales:

1.- El uso de perdigones de calibre 00, o canicas de metal, que tienen la consideración de proyectiles letales, y por lo tanto están proscritos para el control de multitudes[i].

2.- El disparo de gases lacrimógenos directamente al rostro de manifestantes[ii], vulnerando el procedimiento reglamentario que es disparar parabólicamente y nunca al cuerpo. Esta práctica prohibida puede causar lesiones muy graves e inclusive la muerte.

3.- La infliltración de la movilización con efectivos encubiertos que instigan a los manifestantes a cometer disturbios y realizan detenciones arbitrarias[iii].

4.- Falta de identificación visible de los policías uniformados. Ello incrementa el riesgo de que los efectivos violen derechos humanos, y favorece la impunidad.

4.- Uso arbitrario del procedimiento de control de identidad para intimidar a los manifestantes e incluso trasladarlos a dependencias policiales, en contravención de los estándares internacionales y del protocolo de control de identidad policial.

5.- Sembrado de pruebas incriminatorias a personas detenidas[iv].

6.- Detenciones arbitrarias de ciudadanos que no se encuentran cometiendo delito alguno, únicamente por su participación en la movilización.

7.- Restricciones para el acceso de abogados defensores a los lugares de detención, y presiones para que los detenidos suscriban documentos mientras se encuentran incomunicados.

8.- Negativa a entregar información en tiempo real sobre identidad y ubicación de las personas detenidas, incrementando el riesgo de torturas y violaciones del derecho a la defensa.

Ante esta situación, exhortamos a las autoridades a adoptar las siguientes acciones urgentes para prevenir la escalada de la violencia policial:

  1. A la Fiscal de la Nación:
  2. Disponer la asignación de fiscales de turno en las dependencias policiales del centro de Lima para cautelar los derechos de las personas detenidas.
  3. Disponer la intervención vía prevención del delito, de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva “Ejercicio de la función fiscal frente al uso arbitrario o ilegítimo de la fuerza por agentes responsables de garantizar, mantener y restablecer el orden interno”.
  4. Al Director General de la PNP y al Director de la Región Policial Lima:  Cumplir cabalmente con su rol de garantes de los derechos fundamentales de los ciudadanos que protestan, tomando las previsiones necesarias para evitar que los abusos policiales descritos se reiteren y sancionando a los responsables. De no hacerlo así les alcanza la responsabilidad contemplada en el art. 11. 4 del DL 1186 sobre uso de la fuerza policial.
  5. Al Ministerio de Justica, a través de la defensa pública: garantizar el acceso a la defensa pública de manera oportuna y con plena sujeción a los estándares internacionales sobre derechos humanos.
  6. Al Ministerio de la Mujer: velar por el respeto pleno a los derechos de las mujeres manifestantes, especialmente frente a cualquier forma de violencia sexual en dependencias policiales.

Nos encontramos construyendo un reporte nacional. Alentamos a la ciudadanía a registrar cualquier abuso policial y remitirnos las pruebas.

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[i] Ver https://twitter.com/WaykaPeru/status/1601423373942259715?t=TlUrz-UpcUSpswYiAhfWhQ&s=19 .

[ii]Ver  https://twitter.com/Epicentro_TV/status/1601382296623276033?t=6CajijmcMz3HIL6-0PokUw&s=08 .

[iii] Testimonio directamente recogido por la CNDDHH a través de su línea de emergencias.

[iv] Testimonio directamente recogido por la CNDDHH a través de su línea de emergencias, corroborado por uno de los detenidos.