COMUNICADO
COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS SOBRE LA SENTENCIA DEL CASO BAGUA
1.- Saludamos la Sentencia emitida por la Sala Penal Liquidadora de Bagua, la cual absuelve a 52 personas entre indígenas y no indígenas de los delitos imputados por la Fiscalía que van desde Homicidio Agravado hasta Disturbios. La razón fundamental es que no existen pruebas que ameriten la comisión de estos delitos a las personas allí procesadas.
2.– Que, por los sucesos del 05 de Junio del 2009, se abrieron hasta seis (6) ((Durante los sucesos del 05 de Junio del 2009, la Defensoría del Pueblo reporta la suma de, 33 personas muertas (23 policías, 5 indígenas, 5 pobladores); un desaparecido (Mayor PNP Bazán Soles Felipe) 200 civiles heridos, 82 de ellos por proyectil de arma de fuego, 17 por perdigones. http://www.defensoria.gob.pe/modules/Downloads/documentos/INFORME-ACTUACIONES-BAGUA.pdf)) procesos penales, entre los cuales cuatro de ellos juzgan a los imputados por los crímenes contra los policías y otros dos por las muertes de los civiles. Los dos procesos por las muertes de los civiles han sido archivados. Y en el caso de los policías, se encuentran en proceso; el caso de la muerte de los policías en la “Estación 6”, y la desaparición del Mayor (PNP) Felipe Bazán Soles.
3.- La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, desde el 05 de Junio del 2009, ha expresado su compromiso con la verdad por lo cual exigimos una sanción a los responsables de las muertes de los 33 peruanos, en tal razón seguimos demandando una exhaustiva investigación, así como la aparición del Mayor Bazán Soles a cuya familia la CNDDHH apoyo en su búsqueda, lamentablemente sin resultados.
4.- Este proceso, denominado “La Curva del diablo”, cuya primera etapa ha durado siete años y cuatro meses, ha probado que el Estado Peruano y el Poder Judicial en particular, no estaban preparados para el juzgamiento de indígenas en el marco de las garantías que actualmente señala las normas nacionales e internacionales, felizmente la Sala Penal de Bagua y sectores del Poder Judicial, han hecho esfuerzos para adecuarlo y que este se lleve adelante con las mínimas garantías de un debido proceso.
De allí que el uso de intérpretes durante el juicio oral para las lenguas awajun y wampis es un paso adelante muy importante, ya que esta situación se ha ido replicando en las Cortes de Puno y Cusco. Sumado a ello, la creación de un registro de intérpretes de lenguas indígenas a nivel del Poder Judicial junto con el uso de las pericias antropológicas son pasos muy importantes.
5.- Saludamos el esfuerzo de la Vicaría de Jaén, los sacerdotes y religiosas del Nor Oriente Peruano, que se solidarizaron con este caso, a los organismos de derechos humanos que han intervenido, asumiendo la defensa de los indígenas procesados; así como a las instituciones: Fundación para el Debido Proceso (DPLF), De Justicia (Colombia) y la facultad de Derecho de la Universidad Católica de Quito, que presentaron “Amicus Curiae”, señalando los derechos de los indígenas en procesos penales.
Finalmente, queremos repetir las palabras del Presidente de la Sala Dr. Gonzalo Zabarburú, en el sentido que en este Juicio Oral no están los responsables de los crímenes. Por lo que mantenemos la demanda de Justicia para las víctimas del 05 de Junio del 2009, tanto civiles como policías; así como la ubicación del Mayor Felipe Bazán Soles.
Lima, 23 de Setiembre del 2016
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos