Al declarar fundada la nulidad de la providencia que declaró consentida su disposición fiscal que había decidido archivar la investigación
Primera Fiscalía Penal Corporativa de Chiclayo concede recurso de queja contra disposición que archiva investigación por delito de tortura en agravio de Marco Antonio Arana Zegarra

La Primera Fiscalía Penal Corporativa de Chiclayo, mediante Disposición No. 09-2015, de fecha de 30 de diciembre de 2015, resolvió conceder el Recurso de Queja (Apelación), planteado por la defensa del agraviado Marco Antonio Arana Zegarra, contra la Disposición, emitida por dicha Fiscalía, que ordenó archivar la investigación por delito de tortura y otro que se sigue contra del General PNP(r) Raúl Salazar Salazar, General PNP (r) Abel Gamarra Malpartida y otros.
Cabe resaltar que la Disposición de archivo fue indebidamente declarada consentida por la Providencia No. 01-2015 y como tal, en principio, el caso se declaró cerrado. Sin embargo, ante la solicitud de nulidad de dicha providencia fiscal emitida en violación a la ley (porque la defensa del agraviado no había sido notificada), la Fiscalía decidió declararla nula dejando sin efecto el consentimiento.
Al mismo tiempo, dispuso se notifique correctamente y se abrió el plazo para interponer el recurso de queja, el mismo que fue planteado y respecto del cual ha resuelto que se conceda y se eleve la carpeta fiscal (expediente) a la Fiscalía Superior Penal de Apelaciones para que resuelva, en última instancia, el recurso de queja que cuestiona la Disposición Fiscal de archivo de la investigación por ignorar que existen elementos de prueba y de juicio suficientes que demuestran que Marco Arana fue víctima de tortura.
Al respecto, como se recordará, el 4 de julio de 2012 Marco Arana, conocido activista defensor de los derechos humanos y el ambiente, fue arbitrariamente intervenido y golpeado brutalmente en circunstancias que se encontraba dialogando con otra persona (su ex profesor), sentado en una de las bancas de la Plaza de Armas de Cajamarca, y conducido con golpes de puño y pie a la Primera Comisaría. Situación que fue dada a conocer a la opinión pública nacional e internacional porque transeúntes que se encontraban en las inmediaciones pudieron filmar y fotografiar los hechos que luego fueron difundidos por la prensa y redes sociales.
Por ello, FEDEPAZ, cuyos abogados ejercen la defensa legal Marco Arana, expresa su conformidad con la rectificación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo al declarar nula la providencia fiscal que daba por consentido el archivamiento de la antes referida investigación fiscal y por el hecho de que haya decidido darle trámite al recurso de queja impugnando la resolución de archivo.
Igualmente, FEDEPAZ expresa su convencimiento de que el recurso de queja deberá ser declarado fundado por la Fiscalía Superior competente y que se ordenará continuar con la investigación fiscal y posterior acusación, juzgamiento y sanción contra los responsables mediatos y directos de este grave hecho criminal perpetrado por efectivos policiales, con mayor razón si existen videos que acreditan que Marco Arana fue salvajemente golpeado por los efectivos policiales que lo intervinieron, consta en la investigación el certificado médico legal que acredita la fractura que sufrió en el maxilar superior, obran las declaraciones de los testigos, consta el acta de identificación de los autores directos, etc.
Además del hecho de que ya existe una sentencia judicial con calidad de cosa juzgada en un proceso de habeas corpus (emitida del Segundo Juzgado Unipersonal de Cajamarca, Expediente No. 798-2012), que determinó que Marco Antonio Arana Zegarra fue arbitraria e ilegalmente detenido, así como que fue agredido físicamente por los dos grupos de efectivos policiales que lo intervinieron.
Fuente: FEDEPAZ
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