La Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema (integrada por los jueces supremos Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo, Julio Enrique Biaggi Gómez, Elvia Barrios Alvarado, Roberto Barandiarán Dempwolf y José Antonio Neyra Flores), ratificó por unanimidad la sentencia de 25 años de prisión a Alberto Fujimori por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta. La sentencia ratificó con igual contundencia la calificación de estos hechos como crímenes de lesa humanidad.

El tribunal  decidió:

1. Por unanimidad NO HABER NULIDAD en la sentencia expedida por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia, en el extremo que condenó a Alberto Fujimori Fujimori o Kenya Fujimori como autor mediato de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio Calificado –Asesinato, bajo la circunstancia agravante de alevosía en agravio de (víctimas en casos Barrios Altos y La Cantuta); como autor mediato de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Graves en agravio de (víctimas en casos Barrios Altos y La Cantuta); los mencionados delitos de homicidio calificado y lesiones graves constituyen crímenes contra la Humanidad según el Derecho Internacional Penal.

2. Por mayoría NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida en el extremo que lo condena como autor mediato de la comisión del delito contra la Libertad Personal, en la modalidad de Secuestro Agravado, bajo la circunstancia agravante de trato cruel, en agravio de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer (Caso Sótanos SIE).

3. Por unanimidad NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida en el extremo que la Sala Penal Especial le impuso VEINTICINCO años de pena privativa de libertad, que computada desde el siete de noviembre del 2005 en que fue privado de su libertad en la República de Chile, atendiendo a la solicitud de extradición hasta el dieciocho de junio de dos mil seis en que obtuvo libertad bajo fianza y desde el veintidós de setiembre de dos mil siete en que fue puesto a disposición de la Sala Penal Especial, vencerá el diez de febrero de 2032.

Sentencia emitida el 30 diciembre de 2009.