Por Federico Salazar
El gobierno trata de recuperar el orden dentro de las fuerzas policiales. En algunos aspectos, sin embargo, confunde orden con autoritarismo moral.
El nuevo reglamento disciplinario de la Policía Nacional incluye al menos dos sanciones que tendrán que ser modificadas. Me refiero a las faltas relacionadas a las relaciones homosexuales y las extramaritales.
La norma castiga lo que no debe castigar. “Tener relaciones sexuales con las personas del mismo género, que causen escándalo o menoscaben la imagen institucional” merece pase al retiro.
Bajo el pretexto del cuidado de la imagen institucional se castiga la opción sexual. ¿Acaso no deberían sancionarse las relaciones heterosexuales que menoscaben la imagen institucional? Es lo mismo.
El tema es la imagen de la Policía. Y está bien que la cuiden. Pero la infracción debería excluir el origen o motivo del escándalo que causa daño a la imagen institucional.
Si hubiera policías que usan una comisaría, por ejemplo, para sus prácticas sexuales, ¡claro que deberían ser sancionados! Pero, ¿por qué solo lo serían los homosexuales y no los heterosexuales?
La Constitución no admite la discriminación y esta norma, tal como está planteada, discrimina a quienes tienen relaciones homosexuales frente a los que las tienen heterosexuales.
Lo mismo sucede con las relaciones extramaritales. El nuevo Régimen Disciplinario considera falta reglamentaria: “Mantener relaciones extramatrimoniales que generen escándalo y menoscaben la imagen institucional”.
En este caso el castigo no es el pase al retiro, como en el caso de la relación homosexual escandalosa. Aquí la sanción es menor, es el pase a disponibilidad de entre uno y dos años.
Lo que se protege es la imagen institucional. ¿Por qué el escándalo que proviene de una relación homosexual causaría mayor daño que el que proviene de una relación extramatrimonial?
Nuevamente, ¿por qué mencionar en la infracción el origen del daño a la imagen institucional? ¿No basta con sancionar la infracción de, por cualquier causa o motivo, dañar la imagen institucional?
¿Y qué pasa con el policía que usa propiedad de la Policía (un vehículo, por ejemplo) para facilitar sus relaciones extramatrimoniales? Si no causa escándalo, ¡no pasa nada!
En el Reglamento se ha filtrado una moralina claramente inconstitucional. Nadie puede convertir en delito lo que pertenece al ámbito de la moral personal.
Ni las relaciones homosexuales ni las relaciones extramatrimoniales deben ser siquiera mencionadas en el régimen disciplinario de la Policía. La Policía no puede crear disciplina con una infracción a la Constitución.
http://www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/20090517/22/1634/todos/1634