COMUNICADO

(Foto: Andina)

ELIMINAR A LAS PERSONAS LTGBI DE LOS DECRETOS LEGISLATIVOS ES COLOCARLAS EN UNA SITUACIÓN DE INDEFENSIÓN E INSEGURIDAD JURÍDICA

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) deplora la pretensión congresal de eliminar toda mención a la orientación sexual e identidad de género como categorías protegidas de discriminación en la legislación peruana, recientemente incluidas en los decretos legislativos 1323, 1325 y 1348, expedidos por el gobierno en el marco de las facultades delegadas, y que según el Grupo de Trabajo de Control Constitucional del Congreso de la República, las excedería.

La ley 30506 a través de la que el Congreso delegó facultades legislativas al Ejecutivo, comprende “combatir la violencia familiar y la violencia de género” así como “la tipificación de nuevos delitos o agravantes (…) para fortalecer la lucha contra (…) inseguridad ciudadana”. Bajo este mandato, el decreto 1323 incluyó la orientación sexual e identidad de género en la tipificación de la agravante a los delitos motivados en discriminación o crímenes de odio (artículo 46.2.d del Código Penal) así como en la protección contra discriminación e incitación a la discriminación (artículo 323 del Código Penal). En la misma línea, el decreto 1325 que declaró en emergencia el sistema penitenciario estableció el tratamiento especializado a la población penitenciaria vulnerable por, entre otros motivos, su orientación sexual o identidad de género, tal como lo señala el Manual de Derechos Humanos Aplicado a la Función Penitenciaria vigente desde 2008. Y, finalmente, el decreto 1348 con el que se aprobó el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, estableció que ningún adolescente debía ser discriminado por su orientación sexual o identidad de género, en especial al recibir servicios de salud, educativos y sociales.

Sin embargo, el predictamenque sería aprobado por el grupo de trabajo conformado por Ursula Letona Pereyra (FP), Javier Velázquez Quesquén (APRA) y Vicente Zeballos Salinas (PPK), y que luego pasaría a la Comisión de Constitución y finalmente al Pleno, sostiene la orientación sexual e identidad de género son “conceptos que escapan del contenido de violencia de género”, que este asunto no fue previamente previsto por las comisiones de Constitución, Justicia y Mujer, y finalmente que las facultades en estos temas se limitaban únicamente al delito de feminicidio.

El predictamen desconoce así la definición de violencia de género contenido en el decreto supremo 008-2016-MIMP que aprueba el Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016-2021, que “se apoya en concepciones referentes a la inferioridad y subordinación basadas en la discriminación por sexo-género”, y que tiene como una de sus formas la violencia hacia la diversidad sexual. También viola las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos de las personas lesbianas, trans, gais, bisexuales e intersexuales (LTGBI), por las que ya ha recibido cuestionamientos de los comités de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (julio 2014), de Derechos Humanos (marzo 2013), Contra la Tortura (noviembre 2012) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (mayo 2012). Asimismo, en el marco de los Exámenes Periódicos Universales de 2012 y 2008, y cuya nueva edición será dentro de pocos meses.

Eliminar la protección antidiscriminatoria para las personas y comunidades LTGBI constituye negar su condición humana, violando el espíritu de la Constitución que señala que “la dignidad de la persona humana es el fin supremo de la sociedad y el Estado”, y convierte al Congreso en responsable directo de las muertes y agresiones que cada semana acaban con la vida de una persona LTGBI en nuestro país. Por ello, demandamos a las y los congresistas asumir su deber de proteger todas las vidas de todas las personas. Y advertimos que este predictamen no es más que el inicio de una estrategia política de grupos conservadores y autoritarios para retroceder en los exiguos avances normativos que declaran y garantizan la igualdad entre mujeres y hombres, y la no discriminación a las personas por ningún motivo. Ejemplo de ello son el proyecto de ley 1008/2016-CR de Yonhy Lescano Ancieta (AP) que so pretexto de defender la integridad de la niñez pretende derogar el nuevo currículo nacional.

Es decir, el desprecio por las personas y comunidades LTGBI expresado hoy en el Congreso, y movilizado en las calles, no solo amenaza la vida de estas personas y comunidades, sino que pone en serio cuestionamiento la base del sistema democrático y las garantías para la vigencia de los derechos humanos en el país.

Frente a este contexto, alertamos a la opinión pública nacional e internacional sobre esta amenaza que pesa sobre las personas y comunidades LTGBI, colocándolas en una posible en una situación de inseguridad jurídica y expuestas a la violencia y crímenes incitados por la intolerancia y el desprecio a la diferencia. Asimismo, exhortamos a las y los miembros del Congreso a respetar la dignidad humana de todas y todos los ciudadanos e impedir este posible atentado contra los derechos humanos.

Lima, 7 de marzo de 2017

Secretaría Ejecutiva de la CNDDHH