La Embajada de Francia lanza la quinta edición del Premio de Derechos Humanos “Javier Pérez de Cuéllar”
Este premio, homenaje a la carrera ejemplar del ilustre diplomático peruano, busca recompensar actividades y proyectos nacionales o internacionales, individuales o colectivos, realizados en el Perú, sin distinción de nacionalidad, sobre la divulgación, promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos, en el espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
1 – Las personas, instituciones, empresas, organizaciones o grupos presentarán una actividad o un proyecto realizado en Perú a favor de los Derechos Humanos.
2 – El Premio consiste un apoyo económico global de 4500 € a ser repartida entre el ganador y los dos finalistas, el mismo que deberá ser usado para difundir la actividad de los galardonados.
3 – Los candidatos elegidos cumplirán con el reglamento del Premio. El reglamento del Premio se remite previa solicitud. También se puede consultar en la página web www.ambafrance-pe.org y la página de facebook.com/Ambassade de France au Pérou.
4 – El expediente de candidatura deberá incluir:
a) Carta de presentación y formulario de la candidatura.
b) Documentación con la presentación detallada del objetivo y el tipo de labor realizada.
c) Cualquier documento útil que pueda testificar el valor de la acción desarrollada en el marco de la protección y de la promoción de los Derechos Humanos en el Perú.
La fecha límite para la recepción de las candidaturas es el 15 de octubre; éstas podrán ser enviadas por correo postal a la Embajada de Francia (Avenida Arequipa 3415, San Isidro – Lima) o por correo electrónico (premioderechoshumanos.lima-amba@diplomatie.gouv.fr).
5 – La ceremonia de entrega del Premio 2016 se celebrará durante la segunda semana de diciembre de 2016, con motivo del Día Internacional de los Derechos Humanos.
REGLAMENTO DEL PREMIO DE DERECHOS HUMANOS “JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR”
Artículo 1° Objeto del Premio
I. El Premio de Derechos Humanos “Javier Pérez de Cuéllar” reconoce actividades, así como proyectos enfocados en divulgar, promover, defender y proteger efectivamente los Derechos Humanos, en el espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
II. Pueden presentarse para este Premio actividades o proyectos de Derechos Humanos ya sea a título individual o colectivo, nacionales o internacionales, que se desarrollen en el Perú.
III. El Premio, donado por la Embajada de Francia, es otorgado todos los años. Se entrega durante la segunda semana de Diciembre, con motivo del Día internacional de los Derechos Humanos.
Artículo 2° Selección del candidato ganador y de los dos finalistas
I. El Premio es único e indivisible y se atribuye a un candidato o un colectivo designado por el voto de un Jurado. El Jurado también designa a dos finalistas.
II. El Embajador Javier Pérez de Cuéllar es presidente de honor del Jurado. El Jurado está constituido por miembros permanentes: el Embajador de Francia en el Perú, el representante de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, el representante de la Defensoría del Pueblo, dos instituciones internacionales que destacan por su labor para los DDHH y dos representantes de la sociedad civil que no presentarán candidaturas personales, todos ellos con voz y voto.
III. Los miembros del Jurado actúan y deciden de manera objetiva, independiente e inapelable sobre el otorgamiento del Premio, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
a. Tiempo de trabajo en el área de Derechos Humanos: las actividades de divulgación, promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos que sean postuladas al Premio deberán tener un desarrollo y ejecución de un tiempo mínimo antes de la fecha de apertura de la convocatoria.
b. Población beneficiada: el Jurado tendrá en cuenta la población que resulta beneficiada, en la restitución y exigibilidad efectiva de sus Derechos Humanos.
c. Participación: El trabajo o acción que sea premiado en Derechos Humanos debe haber tenido en cuenta criterios de acceso y participación efectiva de los beneficiarios del mismo.
Artículo 3° Premio
I. El representante de la actividad o del proyecto galardonado, así como los dos finalistas, recibirán un apoyo económico de la Embajada de Francia, el mismo que será exclusivamente utilizado para la divulgación, promoción y difusión de los logros y resultados obtenidos a favor de los Derechos Humanos (documental, libro, exposición, seminario, etc.).
Artículo 4° Procedimiento de presentación de candidaturas
I. Cada año, la Embajada de Francia emite la convocatoria para las candidaturas, indicando la fecha límite, que no es prorrogable, para la recepción de los expedientes de postulación.
II. Podrán ser recibidas las candidaturas de personas naturales, instituciones, empresas, organizaciones o grupos que trabajan por la divulgación, promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos en el Perú.
III. La Embajada de Francia recibirá las candidaturas, las cuales deben contener una descripción detallada de la acción o del proyecto. La postulación puede ser presentada por el interesado, por un tercero (institución o persona que conozca la experiencia) o por miembros del Jurado.
Artículo 5° Obligaciones de los beneficiarios
I. Al aceptar el Premio, el galardonado así como los dos finalistas se comprometen a continuar su trabajo de divulgación, promoción, defensa y protección de los Derechos Humanos en el Perú.
El galardonado así como los dos finalistas se comprometen también a utilizar, como mínimo durante los doce meses que siguen a la otorgación, el logo del Premio en todas sus acciones de comunicación, así como en su papelería.
II. El beneficiario así como los dos finalistas no comprometen la responsabilidad de los representantes del Jurado por su comportamiento o por sus opiniones después de haber recibido el Premio.
- Reglamento del Premio de DDHH «Perez de cuéllar» 2016
- Premio DDHH «Perez de Cuéllar» 2016 – Convocatoria a candidaturas
- Formulario a llenar- Premio DDHH «Perez de Cuéllar» 2016
Fuente: Embajada de Francia