EXONERACIÓN DE CONSULTA PREVIA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS VULNERA LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL PERÚ

NOTA INFORMATIVA

El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, informa respecto a las graves vulneraciones al derecho de la consulta previa en los servicios públicos ocasionada por la Décimo Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de Consulta Previa y la Directiva No 001-2016-VMI/MC que la implementa. El Grupo de Trabajo hace un llamado a que la Sala Constitucional y Social Permanente declare fundada la demanda interpuesta por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), signado con Expediente No 259-2016 que busca dejar sin efecto dichas normas por las siguientes razones:

En ese sentido, en cumplimiento con los estándares internacionales del derecho de consulta previa establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos así como el principio de oportunidad, buena fe e interculturalidad solicitamos respetuosamente al Poder Judicial resuelva favorablemente la demanda popular interpuesta por AIDESEP, y de esta forma se respete la identidad étnica y cultural de las poblaciones indígenas así como su derecho a su libre determinación.

Lima, 29 octubre de 2019