NOTA DE PRENSA

El Estado deberá reparar a los familiares, abrir una nueva investigación que incluya a los mandos policiales y realizar reformas institucionales para que los hechos no vuelvan a repetirse.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU emitió un fallo señalando que, en el 2008, el Estado peruano no protegió los derechos a la vida y de reunión pacífica de García Mendoza y Pariona Camposano, quienes “mientras se dispersaban y encontrándose de espaldas, recibieron disparos de la policía que abrió el fuego contra personas que realizaban una marcha pacífica”, en Ayacucho. Además, señala que tampoco se ha investigado ni enjuiciado a los responsables.

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), representó a los familiares en este proceso. Para Mar Pérez, responsable de la Unidad de Defensores de la CNDDHH, “La decisión del Comité es de relevancia nacional porque es la primera vez que una instancia internacional condena al Estado por violar el derecho a la protesta y lo  obliga a realizar una verdadera reforma policial, para que nunca más las personas que salen a manifestarse sean ejecutadas por las fuerzas del orden, y para acabar con la impunidad actualmente imperante”.

En su momento, la fiscalía provincial formuló denuncia penal por homicidio calificado en contra de un policía que admitió haber utilizado su arma. Sin embargo, la Corte Superior de Justicia de Ayacucho absolvió al acusado en 2013 y la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia. Por su parte, el Congreso creó una Comisión Investigadora, que en 2009 concluyó que ambas muertes “constituyen ejecuciones extrajudiciales”.

Como se recuerda, García Mendoza y Pariona Camposano, junto con otras 700 personas, participaron en una manifestación agraria en Ayacucho. “Según consta en el dictamen forense del Instituto de Medicina Legal, los disparos se realizaron desde una distancia aproximada de 25 metros cuando los señores García Mendoza y Pariona Camposano se encontraban de espaldas, por lo que las víctimas no representaban peligro para los policías” señala el Comité.

La ONU, además señaló que “en el contexto de manifestaciones pacíficas, el uso de la fuerza potencialmente letal para el mantenimiento del orden público es una medida extrema a la que solo se debe recurrir cuando sea estrictamente necesario para proteger la vida o evitar lesiones de gravedad derivadas de una amenaza inminente”.

Ver nota de prensa del Comité de DDHH de la ONU:

https://www.ohchr.org/es/press-releases/2022/05/peru-death-demonstrators-violated-rights-life-and-peaceful-assembly-un-human

Se ruega su difusión,

Lima, 06 de mayo del 2022