Autor: José Ávila Herrera (*)
La cadena de escenas de violencia registradas en las cárceles en estas dos últimas semanas por los medios de comunicación son la expresión lamentable de la crisis por la que atraviesa el sistema penitenciario. Sería un error reducir los hechos a una más de las páginas violentas de la vida carcelaria en el país.
La privación de libertad de 44 753 personas que alberga nuestro Sistema Penitenciario refleja un problema importante de seguridad ciudadana. Diversos informes han sido emitidos por la Defensoría del Pueblo, dando cuenta de la crítica situación en la que se encuentra la mayoría de los penales en el país, principalmente caracterizados por un grave hacinamiento, deficiencias en la infraestructura, prolongada detención preventiva de los internos, insuficientes programas de reinserción social, falta de capacitación e inadecuadas condiciones laborales del personal penitenciario.
En los últimos 20 años, el INPE ha sido declarado en reorganización cinco veces, y la emergencia ha sido decretada en mayor número con la finalidad de revertir las continuas crisis que acusa el sistema penitenciario. Sin embargo, los avances en cada una de ellas no han sido importantes, más aún debe tenerse presente que el permanente cambio de los miembros del INPE no abona a solucionar el problema. Desde el año 2006 a la fecha se han designado hasta seis presidentes del INPE.
Líneas para una reforma penitenciaria
Estoy seguro que muchos compartirán la propuesta de optar por una reforma y modernización del sistema penitenciario con voluntad política; que cuente con los recursos necesarios y un modelo de administración lo suficientemente organizado para proyectar cambios por un profesional competente, integro y con mucho liderazgo.
Los proyectos de reforma penitenciaria deben ser estratégicos, manejarse con criterios técnicos y tomar en consideración tanto la justicia penal como el contexto político y social. Asimismo, es urgente, necesario y alentador alcanzar algunos resultados a corto plazo para que la ciudadanía recobre la confianza en el sistema penitenciario y el sistema de justicia penal se legitime.
Una reforma penitenciaria debe atender como mínimo cinco aspectos centrales:
- Fortalecer la seguridad penitenciaria y diseñar mecanismos de transparencia y lucha contra la corrupción como condiciones básicas para recuperar el principio de autoridad y someter las cárceles al imperio de la ley.
- Una política de respeto de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad como fundamento ético de toda gestión penitenciaria.
- Fortalecer la política de clasificación penitenciaria
- Promover mayores programas de reinserción social: trabajo y educación.
- Mejorar las condiciones de trabajo y especialización del personal penitenciario.
Destaca en estas cinco líneas de acción la necesidad de someter las cárceles al imperio de la ley. Esto significa que todas las acciones y decisiones que se adopten en una cárcel tienen que hacerse conforme a lo que dispone la ley. Ello implica que los privilegios, mafias, existencia de armas, drogas y maltrato a las visitas deben erradicarse del todo. Pero para que se cumpla con esta exigencia, el Sistema Penitenciario también necesita estar bajo el control de la jurisdicción y del escrutinio de la comunidad internacional.
Preocupa que el Poder Judicial no ejerza el control que le corresponde. La actuación de los jueces aparece como necesaria para controlar los actos de la administración penitenciaria. El control judicial sobre la administración penitenciaria, a través de un magistrado especializado, es un elemento clave para legitimar la etapa de ejecución penal en el marco de la justicia penal.
De otro lado, hoy la comunidad internacional está comenzando a entender que, en un mundo civilizado, el castigo no debería adoptar la forma de una detención arbitraria, ilegal, indefinida, con ejecuciones públicas, castigos corporales, con tratos humillantes, inhumanos y degradantes. El castigo se debería dispensar con una frugalidad productiva que reforme y rehabilite a los criminales. Cuanto más castigue, de esta forma, una sociedad a sus delincuentes, tanto más se le considerará civilizada, avanzada, y socialmente justa. Esta concepción del castigo se refleja cada vez más, con mayor nitidez, en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.
En esa línea de reflexión, el 18 de diciembre del 2002, la ONU aprobó el Protocolo facultativo contra la Tortura. Entró en vigor el 22 de junio del 2006. Este instrumento prevé la creación de un Mecanismo Nacional (MC) que tendría la responsabilidad de vigilar, en clave preventiva, las prácticas de torturas, tratos crueles e inhumanos. Han transcurrido tres años y nos preguntamos ¿qué sentido tuvo dar una respuesta rápida ante la comunidad internacional, si al final el Estado no implementa el funcionamiento de dicho mecanismo?. Este no solo promoverá una “cultura de los centros de detención”, sino que también será una forma de escrutar estos espacios de seguridad.
En síntesis, los responsables de las políticas de Estado no pueden ignorar la existencia de penales «inseguros» y «riesgosos». Las obligaciones internacionales fijan una serie de deberes jurídicos de los cuales deriva la responsabilidad de garantizar la seguridad penitenciaria y el respeto de los derechos humanos.
Con esa superioridad moral y sentido de responsabilidad que debe tener todo Estado civilizado y democrático, también debe garantizar a los niños, ciudadanos, empresarios, un «sistema penitenciario seguro, ordenado, con ‘institucionalidad penitenciaria’ y trato humano».
(*) Jefe del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios
Defensoría del Pueblo
Fuente: Blog Defensoría del Pueblo